CASTELLARO ANITA NOEMI c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajuste de haberes previsionales y cálculo del haber inicial en demanda contra ANSeS por reajustes varios. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, determinó el haber inicial dependiente, ordenó diferencias por enero y febrero de 2021 y difirió para ejecución el examen de la Ley 27.609, el art. 26 L.24.241, el DNU 274/2024 y la incorporación de bonos y refuerzos extraordinarios.
¿Quién es el actor?
CASTELLARO ANITA NOEMI.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios relativos al cálculo del haber inicial, movilidad previsional, aplicación de índices y declaración de inconstitucionalidad de normas y decretos (entre ellas Ley 27.609, art. 26 Ley 24.241, DNU 274/2024 y bonos/refuerzos extraordinarios).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada y determinó el haber inicial dependiente conforme a los considerandos; ordenó a ANSeS que abone las diferencias que pudieran surgir entre la movilidad percibida en virtud de los decretos dictados en el contexto de emergencia económica y la que le hubiera correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, únicamente para los meses de enero y febrero 2021; a partir de marzo 2021 se aplicará la Ley 27.609; se difirió el tratamiento del art. 26 Ley 24.241, de la Ley 27.609, del DNU 274/2024 y de la incorporación de "bonos" y/o "refuerzos extraordinarios" para la etapa de ejecución de la sentencia; se confirmó lo demás resuelto en primera instancia; costas de alzada a la demandada vencida; honorarios de alzada regulados en 30% de lo fijado en primera instancia más IVA.
- Fundamentos principales (transcripciones literales relevantes):
"En consecuencia, corresponde revocar parcialmente lo decido por el juez de grado."
"Ordenar al organismo demandado que abone al titular las diferencias que pudieran surgir entre la movilidad percibida en virtud de los decretos dictados en el contexto de emergencia económica y la que le hubiera correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, únicamente para los meses de enero y febrero 2021, y de allí en adelante se aplicará la nueva ley vigente 27.609."
"Diferir el tratamiento del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación, permitiendo así una valoración precisa de sus efectos en el caso en cuestión."
Sobre intereses: "deberán calcularse desde que cada suma fuere debida y hasta su efectivo pago, conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. C.S.J.N. 'Spitale, Josefa Elida'...)."
- Disidencias: El voto de la Dra. Nora C. Dorado adhiere al voto principal; el Dr. Juan A. Fantini adhiere con salvedades respecto de la Ley 27.541 (confirmando la solución de instancia) y comparte la postergación del análisis de la Ley 27.609 y de los bonos. La resolución señalada es la del Tribunal por mayoría y las adhesiones quedan identificadas en las firmas.
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