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CAPRIA ROBERTO OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó el actor reajustes varios contra ANSeS sobre la Prestación Básica Universal y servicios autónomos. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado y rechazó los agravios de ANSeS, ordenando costas de alzada por su orden y devolver las actuaciones al juzgado de origen.

Reajustes varios Prestacion basica universal Servicios autonomos Fecha de adquisicion de beneficio 25/07/2024 Reformatio in pejus Liquidacion Costas de alzada Ley 27.423 Quiroga Seguridad social


¿Quién es el actor?

CAPRIA ROBERTO OSCAR.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios, con reclamo de actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y la consideración de servicios autónomos para el cálculo del haber inicial.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; se impusieron costas de alzada por su orden conforme al art. 36 de la Ley 27.423; y se devolvieron las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos textuales relevantes): “Corresponde dejar establecido a los fines del dictado de la presente sentencia que la Fecha de Adquisición de Beneficio del actor es el 25/07/2024, en vigencia de la Ley 24.241 con las modificaciones introducidas por la Ley 27.609.” “Incurre en reformatio in pejus el pronunciamiento que coloca a los únicos apelantes en peor situación que la resultante de la sentencia recurrida, lo que constituye una violación directa e inmediata a las garantías de defensa en juicio y de propiedad (CSJN Fallos: T.325 P.3318).” “Bajo el influjo de tal exégesis constitucional, el Tribunal Cimero consideró que a los fines de alcanzar una solución razonable al dilema que plantea el recurrente, y también consubstancial con aquellas premisas, debía considerarse de manera concreta, ‘qué incidencia tenía la ausencia de incremento de uno de los componentes de la jubilación [en el caso, la P.B.U.] sobre el ‘total del haber inicial’ –pues éste es el que goza de protección [enfatiza el Superior]– y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita [con relación a la “situación de los activos”] resultaba confiscatorio.’ (Considerando Nº 10).” “En consecuencia, este análisis sobre la suma final a la que ascendería la PBU, deberá efectuarse –tal como lo dispuso el Alto Tribunal en el precedente ‘Quiroga, Carlos Alberto’– al tiempo de practicarse la liquidación de la sentencia, ocasión en la cual recién se podrá determinar si la insuficiente actualización de la Prestación Básica Universal produce una disminución confiscatoria del ‘total del haber inicial’ del actor, con relación a la ‘situación de los trabajadores activos’ (v. considerando Nº 10).”
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia; los tres jueces adhirieron al voto que encabeza el decisorio y la resolución fue unánime en cuanto al dispositivo.

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