MARTUCCI MIGUEL ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajustes varios por jubilación: se discutió la metodología de actualización del haber inicial y la Prestación Básica Universal (PBU). La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia, determinó el haber inicial conforme a lo expuesto (aplicando ISBIC para remuneraciones en ciertos períodos), confirmó lo demás y condenó en costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Martucci Miguel Ángel.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; actualización del haber inicial (remuneraciones en relación de dependencia) y componente Prestación Básica Universal (PBU); intereses; prescripción; costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada para determinar el haber inicial dependiente según lo expuesto en los considerandos; confirmó el pronunciamiento apelado en lo demás; impuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida; reguló honorarios a favor de la representación letrada de la actora en el 30% por la actuación en alzada con más IVA si corresponde; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) "En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSes y se confirma el diferimiento dispuesto en la instancia de grado."
2) "Con relación a los agravios referidos a la actualización de las remuneraciones correspondientes al periodo trabajado en relación de dependencia, toda vez que la fecha de cese de la parte actora es posterior a la entrada en vigencia de la ley 27609, cabe mencionar que al respecto me expedí en un expediente de aristas similares... corresponde revocar lo decidido en la instancia anterior y declarar la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por el art. 4 de la Ley 27.609 para las remuneraciones que se encuentren comprendidas entre el 31/03/1991 y el 28/2/09. Ello así, deberá utilizarse a tal fin el ISBIC dispuesto por el Más Alto Tribunal de la Nación en autos “Elliff Alberto c/Anses s/Reajustes Varios” y “Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ reajustes varios”."
3) "Respecto de los intereses, deberán calcularse desde que cada suma fuere debida y hasta su efectivo pago, conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. C.S.J.N. “Spitale, Josefa Elida”, Fallos, 327:3721; ratificado in re “Cahais, Rubén Osvaldo c/ Anses s/ reajustes varios”, sentencia del 18/04/2017, Fallos: 340:483.), por lo que considero acertado lo decidido en la instancia de grado sobre el particular."
4) "En el marco de lo resuelto por la CSJN en autos: “Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo”, Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, a cuyos argumentos me remito en honor a la brevedad, corresponde revocar la imposición de costas e imponerlas a la demandada vencida (art. 36 Ley 27.423)."
- Votos y mayorías: El voto que encabeza el decisorio (Dr. W. F. Carnota) propone la revocación parcial y la aplicación del ISBIC para remuneraciones comprendidas entre 31/03/1991 y 28/02/2009; la Dra. N. C. Dorado adhiere al voto; el Dr. J. A. Fantini adhiere al voto mayoritario, con matizaciones propias respecto de la distinción según densidad de remuneraciones anteriores a marzo de 2009. No se registra disidencia que altere la parte resolutiva.
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