Logo

MARTUCCI MIGUEL ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajustes varios por jubilación: se discutió la metodología de actualización del haber inicial y la Prestación Básica Universal (PBU). La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia, determinó el haber inicial conforme a lo expuesto (aplicando ISBIC para remuneraciones en ciertos períodos), confirmó lo demás y condenó en costas a la demandada.

Reajustes varios Haber inicial Isbic Prestacion basica universal Anses Costas Intereses Prescripcion bienal Honorarios Camara federal de la seguridad social


¿Quién es el actor?

Martucci Miguel Ángel.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; actualización del haber inicial (remuneraciones en relación de dependencia) y componente Prestación Básica Universal (PBU); intereses; prescripción; costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada para determinar el haber inicial dependiente según lo expuesto en los considerandos; confirmó el pronunciamiento apelado en lo demás; impuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida; reguló honorarios a favor de la representación letrada de la actora en el 30% por la actuación en alzada con más IVA si corresponde; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): 1) "En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSes y se confirma el diferimiento dispuesto en la instancia de grado." 2) "Con relación a los agravios referidos a la actualización de las remuneraciones correspondientes al periodo trabajado en relación de dependencia, toda vez que la fecha de cese de la parte actora es posterior a la entrada en vigencia de la ley 27609, cabe mencionar que al respecto me expedí en un expediente de aristas similares... corresponde revocar lo decidido en la instancia anterior y declarar la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por el art. 4 de la Ley 27.609 para las remuneraciones que se encuentren comprendidas entre el 31/03/1991 y el 28/2/09. Ello así, deberá utilizarse a tal fin el ISBIC dispuesto por el Más Alto Tribunal de la Nación en autos “Elliff Alberto c/Anses s/Reajustes Varios” y “Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ reajustes varios”." 3) "Respecto de los intereses, deberán calcularse desde que cada suma fuere debida y hasta su efectivo pago, conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. C.S.J.N. “Spitale, Josefa Elida”, Fallos, 327:3721; ratificado in re “Cahais, Rubén Osvaldo c/ Anses s/ reajustes varios”, sentencia del 18/04/2017, Fallos: 340:483.), por lo que considero acertado lo decidido en la instancia de grado sobre el particular." 4) "En el marco de lo resuelto por la CSJN en autos: “Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo”, Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, a cuyos argumentos me remito en honor a la brevedad, corresponde revocar la imposición de costas e imponerlas a la demandada vencida (art. 36 Ley 27.423)."
- Votos y mayorías: El voto que encabeza el decisorio (Dr. W. F. Carnota) propone la revocación parcial y la aplicación del ISBIC para remuneraciones comprendidas entre 31/03/1991 y 28/02/2009; la Dra. N. C. Dorado adhiere al voto; el Dr. J. A. Fantini adhiere al voto mayoritario, con matizaciones propias respecto de la distinción según densidad de remuneraciones anteriores a marzo de 2009. No se registra disidencia que altere la parte resolutiva.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar