SERDA NESTOR ORLANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES por reajustes varios y cuestionó el cálculo del haber inicial (incluida la PBU, topes legales, art. 26 Ley 24.241 y retención del impuesto a las ganancias). La Cámara revocó parcialmente la sentencia, difirió el planteo sobre la inconstitucionalidad del art. 26 para la etapa de ejecución, confirmó lo restante y condenó en costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
SERDA NESTOR ORLANDO.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos al cálculo del haber previsional inicial — cuestionamiento de índices de actualización para remuneraciones computables, tratamiento de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de topes (art. 9 inc. 3º Ley 24.463), inconstitucionalidad del art. 26 Ley 24.241, aplicabilidad del art. 14 pto. 2) Res. SS 6/09 y retención del impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, revocó parcialmente la sentencia apelada conforme sus considerandos, difirió el tratamiento de la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia, confirmó el pronunciamiento apelado en lo demás que decide, condenó en las costas de alzada a la demandada vencida, reguló honorarios por la alzada y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En función de ello, si bien en el caso a consideración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación “Blanco Lucio Orlando” no resultaba de aplicación el Decreto 807/16 sino la Resolución 56/18 (por tratarse de un beneficio con fecha de cese anterior a la consignada en el art.5 -1/8/16-) los fundamentos argüidos por el Superior Tribunal para declarar inválida la resolución 56/18 resultan ajustados para efectuar el análisis constitucional del Decreto 807/16. Allí el Tribunal Supremo puso especial énfasis en la siguiente reflexión: '…no puede admitirse el ejercicio de una potestad de exclusivo resorte del Poder Legislativo Nacional, ejecutada por ese departamento del Estado desde el año 2008 en dos oportunidades (leyes 26.417 y 27.426) (…), que por lo expuesto es el Congreso Nacional en su carácter de órgano representativo de la voluntad popular, el que deberá establecer, conforme a las facultades conferidas por la Constitución Nacional, el índice para la actualización de los salarios computables para el cálculo del haber inicial en el período en juego, toda vez que se trata de un componente decisivo para asegurar la vigencia de los derechos consagrados en el artículo 14 bis de la Ley Fundamental'."
"En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSes y se confirma el diferimiento dispuesto en la instancia de grado."
"Difiérase el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación, permitiendo así una valoración precisa de sus efectos en el caso en cuestión."
- Disidencia: No hubo voto en disidencia; la decisión fue por mayoría y los tres jueces adherieron al acuerdo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: