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ORIGUELA SUSANA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La demandante solicitó reajuste de su haber previsional conforme ley 24.241 por haber adquirido derecho el 11/08/2024. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, rechazó la prescripción y ordenó a ANSES recalcular y abonar el haber y retroactivos conforme pautas fijadas, con pago dentro de 120 días desde que la sentencia quede firme.

Anses Reajustes varios Ley 24.241 Pbu Mopre Movilidad jubilatoria Ley 27.609 Inconstitucionalidad Prescripcion Retroactivos

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ORIGUELA SUSANA BEATRIZ. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Objeto: Reajuste del beneficio previsional (jubilación) conforme las previsiones de la ley 24.241 y declaración de inconstitucionalidad y/o inaplicabilidad de diversas disposiciones y topes; cálculo del haber inicial y retroactivos. Fecha de adquisición del derecho: 11/08/2024. Decisión: Se rechazó la defensa de prescripción y se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de los 120 días desde que la sentencia quede firme; se impusieron las costas por su orden y se difirió regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Luego de compulsar la prueba documental... advierto que el titular obtuvo el beneficio de jubilación Nº 14-0-2560727-0-1 al amparo de la ley 24241, con fecha de adquisición del derecho el 11.08.2024. En consecuencia, analizaré el reclamo por diferencias de haberes que formula a la luz de la ley 24.241." "Ello así, a fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.S.J.N. in re 'Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios'... adheriré al criterio uniforme que emana del Superior – por economía procesal
- ... disponiendo que el valor del MOPRE debe ser actualizado por el índice considerado por la Excma. CSJN. en el precedente 'Badaro' y luego las movilidades dispuestas por ley 26198... y a partir de 03/2009 los aumentos previstos por la ley 26.417 hasta la fecha de adquisición del beneficio." "En consecuencia, atendiendo a la fecha de adquisición del derecho, y toda vez que el Congreso de la Nación ha dispuesto en forma específica el índice que corresponde aplicar para la actualización de las remuneraciones correspondientes (conf. art. 4 de la ley 27.609), estimo procede desestimar el reclamo ejercido sobre el punto." "Por lo tanto, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 20 inc. b) de la Ley 24.241 para el caso concreto y el organismo previsional deberá recalcular el haber inicial de la PBU del titular." "Las diferencias resultantes a favor de la parte actora, deberán ser abonadas sin quita alguna... Los intereses, se liquidarán desde que cada suma es debida conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el decisorio; la sentencia es de propio dictado del Juez federal subrogante y constituye la decisión mayoritaria.

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