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RIOS CESAR OMAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES por reajustes varios y cuestionó la actualización de remuneraciones y la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia en lo materia de agravios, difirió para ejecución el examen de topes y diferió la redeterminación de la PBU, y dispuso costas y honorarios conforme a la ley 27.423.

Anses Prestacion basica universal Actualizacion de haberes Topes de haberes Costas Honorarios Ley 27.609 Ley 27.423 Ripte Seguridad social


¿Quién es el actor?

RIOS CESAR OMAR.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamos por reajustes previsionales ("REAJUSTES VARIOS"), entre ellos la actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial (PC, PAP e IB), la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), la aplicación de topes de haberes y cuestiones relativas a intereses, tasa de sustitución, impuesto a las ganancias y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, diferió el tratamiento del planteo referido a la actualización de la PBU como componente del haber inicial; difirió para la etapa de ejecución el cuestionamiento respecto de la aplicación de topes de haberes; confirmó lo resuelto sobre costas en la instancia de grado en los términos indicados; confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; impuso costas por su orden en la Alzada y fijó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (textos transcritos): "En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos 'Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios', Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución." "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241, art. 9 de la ley 24.463, art. 79 de la ley 18.037) –incluido el planteo respecto a la doctrina del precedente 'Villanustre'
- que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor." "Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634), ... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque figura en disidencia parcial (asentado al pie del dispositivo), por lo que las opiniones salvadas por él no integran la decisión de la mayoría.

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