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PAOLONI ANGELICA LEONOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajustes varios solicitados por la actora contra ANSES por liquidaciones previsionales y retención de impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada, declaró la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias y diferió para ejecución el examen de la aplicación de topes de haberes.

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¿Quién es el actor?

Paoloni Angélica Leonor (actora).

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales; impugnación de retenciones por impuesto a las ganancias; cuestionamientos sobre aplicación de topes de haberes y de la doctrina “Villanustre”; tasa de interés aplicable a la retroactividad.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia recurrida en lo principal que decide y fue materia de agravios; declaró la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias respecto de los montos en cuestión; diferió para la etapa de ejecución el tratamiento del cuestionamiento relativo a la aplicación de topes de haberes (incluida la doctrina “Villanustre”); ordenó costas por su orden en la Alzada y fijó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Que respecto a la retención del impuesto a las ganancias, la CSJN ya se ha expedido en casos de aristas similares, como ser, in re “García, María Isabel c/ A.F.I.P. s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad”, de fecha 26.3.19 (Fallos: 342:411), cuya solución fue extendida por el Alto Tribunal en pronunciamientos colectivos recaídos el 7.5.19 (causa “GODOY, Ramón Esteban”) y el 28.5.19 (causas “KLOSTER, María Guadalupe”, “ORTIZ DE PIEROLA, Emilia” y “ROSSI, María Luisa”) y “García Blanco Esteban c/ANSeS s/Reajustes varios”, de fecha 6.05.2021 (Fallos: 344:983) y “Garay Corina Elena c/ANSeS s/Reajustes varios” de fecha 7.12.2021 (Fallos: 344:3567), por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido." "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes –incluido el planteo respecto a la doctrina del precedente “Villanustre”
- que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
- Costas y honorarios: "Costas por su orden en la Alzada en atención a la forma que se resuelve, arts. 68 segunda parte del C.P.C.C.N. y 36 de la ley 27.423 ... Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior, en atención a la calidad y extensión de las tareas desarrolladas y teniendo en cuenta las pautas de la ley 27.423 (art. 30)."
- Votos en disidencia: No constan disidencias en la parte resolutiva; la decisión consignada es la acordada por la Sala.

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