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AVALOS FRANCISCO c/ GENDARMERIA NACIONAL Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Reclamo por inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y restitución de descuentos por aporte previsional; la demanda fue favorable y el Juzgado declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97, ordenando la devolución de las diferencias descontadas desde dos años antes de la demanda y la liquidación por el organismo correspondiente. Se admitió la excepción de falta de legitimación pasiva de la Gendarmería Nacional y se impusieron las costas a la demandada vencida.

Inconstitucionalidad Decreto 679/97 Aporte previsional Gendarmeria nacional Crjppf Reintegro Seguridad social Prescripcion Liquidacion Costas


¿Quién es el actor?

Sr. AVALOS FRANCISCO.
- Demandados: GENDARMERÍA NACIONAL; CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL (CRJPPF) y MINISTERIO DE SEGURIDAD.
- Objeto de la demanda: Declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y restitución de los importes descontados en concepto de “Aporte Previsional” por aplicación de dicho decreto, con más sus intereses.

¿Qué se resolvió?

Se admitió la excepción de falta de legitimación pasiva de la Gendarmería Nacional y se rechazó la demanda contra ella; se hizo lugar a la demanda de Avalos, se declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97, se condenó a la parte demandada a reintegrar la diferencia de los importes descontados en concepto de “Aporte Previsional” desde dos años anteriores a la interposición de la acción; la liquidación deberá ser practicada por la Gendarmería Nacional y/o por la CRJPPF dentro de 90 días desde la intimación; se impusieron las costas a la demandada vencida y se difirió la regulación de honorarios hasta la liquidación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): 1) "En consecuencia, sin perjuicio de mi criterio sentado en causas anteriores y de conformidad con lo resuelto por el Máximo Tribunal en la causa 'Pino Seberino y otros' antes citada, a cuyos términos me remito, corresponde admitir el reclamo interpuesto con los alcances fijados en el fallo citado precedentemente y, en consecuencia, declarar la inconstitucionalidad del Decreto 679/97, ordenando el reintegro de los importes descontados con fundamento en este último." 2) "En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/97…". 3) "En cuanto a la defensa de prescripción, cabe advertir que el Superior ha sostenido que la aplicación de las disposiciones de la Ley 23.627, concretamente de su art. 2º, debe extenderse también a los beneficios de retiro y pensión... En consecuencia, corresponde el reconocimiento de las diferencias devengadas hasta dos años anteriores a la interposición de la demanda (iniciada en 25/08/2025), toda vez que no obra en autos reclamo administrativo alguno..."
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia en el decisorio final.

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