Logo

B., A. L. Y OTRO c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Reclamo por daños y perjuicios por cortes de suministro eléctrico y daño moral. La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a Edesur S.A. a pagar $353.100 por daño moral, considerando probadas múltiples interrupciones entre el 17/05/2020 y el 17/05/2023 y la afectación al trato digno de los usuarios.

Servicio publico Cortes de energia Dano moral Enre Consumidores y usuarios Indemnizacion Costas de alzada Confirmacion de sentencia Cpccn art. 68 Camara federal de la plata


¿Quién es el actor?

A. L. B. y M. N. B.

¿A quién se demanda?

Edesur S.A.
- Objeto de la demanda: acción de daños y perjuicios por interrupciones del servicio eléctrico ocurridas entre el 17/05/2020 y el 17/05/2023; se reclamaron perjuicios materiales y daño moral, físico y psíquico, con solicitud also de daño punitivo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de La Plata, Sala II, confirmó la sentencia apelada y mantuvo la condena impuesta en primera instancia, con costas de alzada a la demandada vencida (art. 68 CPCCN). Ordenó su registración, notificación, oficio electrónico al juzgado y remisión a primera instancia por Lex100.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "El juez de primera instancia, en su sentencia, hizo lugar a la acción, condenando a la demandada a pagarle a las actoras, dentro del plazo de diez días de quedar firme la presente, la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIEN ($ 353.100.-), más los intereses conforme la tasa de interés pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina para operaciones de descuento de documentos comerciales, conforme el acuerdo plenario de esta Cámara Federal recaído en la causa “Gómez, Ricarda”. A su vez, impuso las costas a la demandada vencida (art. 68 del CPCCN) y difirió la regulación de los honorarios." "De la prueba producida en autos se advierte que el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) informó que las actoras sufrieron múltiples interrupciones del servicio eléctrico en su domicilio entre el 17 de mayo del 2020 y el 17 de mayo del 2023 (ver informe remitido mediante DEO: 12661963 del Sistema Lex100). Esta circunstancia hace presumir que las actoras padecieron los avatares propios que conlleva encontrarse sin la prestación del servicio público durante un considerable lapso." "Bajo esta exégesis, valoradas las circunstancias del caso y la prueba producida conforme las reglas de la sana crítica (art. 386, CPCCN), estimo que corresponde confirmar la suma establecida por el magistrado de primera instancia en concepto de daño moral."
- Disidencias: No hubo votos en disidencia; el Dr. Di Lorenzo votó y el Dr. Álvarez adhirió, resultando un acuerdo unánime que confirmó la sentencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar