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GIMENEZ, GREGORIO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL-MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS- SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL Y OTRO s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

Demandantes, ex personal del Servicio Penitenciario Federal, reclamaron reconocimiento remunerativo y bonificable de las compensaciones creadas por el decreto 243/2015 y su integración en los haberes previsionales. El Juzgado hizo lugar parcial a la demanda: declaró prescritos los reclamos anteriores al 20/02/2016 y ordenó el pago de las diferencias desde esa fecha hasta el 01/09/2019, con carácter remunerativo y bonificable, intereses y exclusión de sumas ya percibidas.

Compensaciones Decreto 243/2015 Prescripcion Servicio penitenciario federal Remunerativo Bonificable Reliquidacion Intereses tasa bna Decreto 586/2019 Contencioso administrativo


¿Quién es el actor?

Gregorio Gimenez (DNI 13.195.715), Alfredo Víctor Rotela (DNI 14.258.063) y Roveta Antonio Miguel (DNI 10.267.925), personal retirado del Servicio Penitenciario Federal (SPF).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – Servicio Penitenciario Federal y la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina.
- Objeto de la demanda: reconocimiento de carácter remunerativo y bonificable de las compensaciones creadas por el decreto 243/2015 (arts. 5, 7 y 8 — compensación por gastos por prestación de servicios, por gastos de representación y por apoyo operativo), reliquidación de haberes de retiro incorporando dichas compensaciones al sueldo básico, pago de diferencias con retroactividad desde la interposición de la demanda, más intereses y costas; y control de constitucionalidad del decreto.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar parcialmente a la prescripción, declarando prescripto el período anterior al 20/02/2016; se hizo lugar parcialmente a la demanda y se reconocieron diferencias salariales a favor de los actores; se ordenó al SPF y a la Caja de Retiros reintegrar las diferencias derivadas de las compensaciones por los arts. 5, 7 y 8 del decreto 243/15 desde el 20/02/2016 hasta el 01/09/2019, con carácter remunerativo y bonificable, más intereses calculados según la tasa activa del BNA; se intimó a practicar la planilla de liquidación en 60 días y se excluyeron sumas percibidas por medidas cautelares o sentencias de otros juzgados; se impusieron costas a las demandadas vencidas; se difirió la regulación de honorarios; tasa de justicia exenta.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Por lo expuesto, corresponde reconocer que las compensaciones por gastos por prestación de servicios, por gastos de representación y por apoyo operativo revisten carácter remunerativo y bonificable." "Sin embargo, como dichas compensaciones fueron derogadas por lo dispuesto en el decreto 586/2019 resulta imposible su inclusión en los haberes de los agentes y por ende, tampoco al del personal retirado y pensionado." "Corresponde ordenar el pago desde el 20/02/2016, conforme lo resuelto en el apartado 'Prescripción', hasta el 1/09/2019, fecha de entrada en vigencia de la Resolución 609/2019, a partir de la cual el decreto 586/2019 dispuso la derogación de las compensaciones. Dichas sumas deberán ser abonadas con carácter remunerativo y bonificable con más los intereses calculados según la tasa activa del BNA..." Además, el tribunal fundamenta la naturaleza remuneratoria en precedente de la Corte Suprema: "el modo generalizado con que fueron otorgadas estas llamadas ‘compensaciones’, sin límite temporal y destinado a la totalidad del personal penitenciario en actividad, impone que deba reconocerse su naturaleza salarial, toda vez que forma parte de la percepción normal, habitual y permanente y su contenido es de esencia retributiva."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en la parte dispositiva.

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