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GUGLIELMERO JOSE CAMILO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió acción contra ANSeS por reajustes y redeterminación del haber inicial y prestaciones (PBU, PC, PAP e IB). La Cámara rechazó el recurso de la actora, hizo lugar parcialmente al de la demandada, difirió la revisión de la PBU para la ejecución y confirmó la sentencia en lo demás, imponiendo costas conforme al art. 68 CPCCN y fijando honorarios del 30% en la alzada.

Seguridad social Reajustes previsionales Pbu Ley 27.426 Quiroga Costas Art. 68 cpccn Ley 27.423 Honorarios Prescripcion


¿Quién es el actor?

GUGLIELMERO JOSE CAMILO (actor/ demandante).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes y redeterminación del haber inicial de prestaciones previsionales (incluida la Prestación Básica Universal —PBU—), aplicación de índices de actualización, topes de haberes, prescripción, impuesto a las ganancias, costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, rechazó el recurso deducido por la parte actora y hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada; en consecuencia, difirió la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución (con arreglo a “Quiroga”), confirmó lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado conforme al art. 68 CPCCN y confirmó la sentencia en lo demás que fue materia de agravios. Además, fijó costas por su orden en la Alzada y determinó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior. Protocolícese y notifíquese.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): 1) "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re “QUIROGA”, momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de esta Sala recaídos en los expedientes 38794/2010: “SADOFSCHI”, sentencia del 21 de octubre de 2021 y 73433/2010 “MARINATI”, sentencia del 14 de julio de 2022." 2) "Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo” (Fallos: 346:634)... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)." 3) "Que por tales motivos corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda, en base el método indicado en la ley 27.426 y concordantes."
- Disidencias/relevantes: El fallo expresa que fue resuelto "por mayoría" y la Dra. Nora C. Dorado deja su criterio en varios puntos (se consignan sus considerandos en el cuerpo del voto), pero la parte resolutiva transcripta constituye la decisión de mayoría que aquí se informa.

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