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RODRIGUEZ ALEJANDRA CLAUDIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES por reajustes de haberes y cuestionamientos sobre la movilidad previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado respecto de las costas, confirmó lo demás decidido y habilitó a la actora a cuestionar la Ley 27.609 y el DNU 274/24 en un nuevo proceso.

Reajustes Pbu Prestacion compensatoria Pap Ley 27.609 Dnu 274/24 Costas Anses Movilidad previsional Honorarios


¿Quién es el actor?

RODRIGUEZ ALEJANDRA CLAUDIA.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios sobre el haber previsional (incluyendo reclamos por Prestación Compensatoria, Prestación Adicional por Permanencia y Prestación Básica Universal) y cuestionamientos de constitucionalidad y aplicación de normas de movilidad (Ley 27.609, DNU 274/24 y otras normas relacionadas).

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada en lo resuelto sobre las costas en la instancia anterior; confirmó el pronunciamiento apelado en lo demás que fue materia de agravios, con la salvedad de que se deja a salvo el derecho de la actora a cuestionar la movilidad establecida por la Ley 27.609 y el DNU 274/24 en un nuevo proceso; impuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida; reguló honorarios de la representación letrada actora por su actuación ante la Alzada en el 30% de lo fijado en la instancia anterior más IVA; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen. (La anterior es la decisión mayoritaria consignada en la parte resolutiva).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En relación a la actualización de las remuneraciones consideradas para el cálculo del haber inicial respecto de los servicios en relación de dependencia, cabe destacar que la parte actora adquirió su beneficio previsional en vigencia de la ley 24.241 con las modificaciones introducidas por la Ley 27.609... El organismo se agravia por un recálculo del haber en contraposición a lo establecido por la Ley 27.426 con aplicación del precedente 'Elliff'... Por lo precedentemente expuesto, es abstracto expedirse sobre el agravio vertido." "En relación a los planteos referidos a la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), el Alto Tribunal de la Nación, en la sentencia pronunciada en la causa 'Quiroga, Carlos Alberto c/ANSeS s/Reajustes Varios' (Fallos: 337:1277), puso particular énfasis en el carácter integral de los beneficios de la seguridad social (C.N. art. 14 bis): 'aspecto del que es parte esencial –aclaró– la correcta fijación del monto inicial de los haberes, pues de otro modo no podría mantenerse una relación justa con la situación de los activos' (Considerando Nº 9)." "En consecuencia, ante el nuevo escenario fáctico suscitado y a los efectos de sostener la armonización jurisprudencial del Fuero de la Seguridad Social en la materia que nos convoca, considero que en casos como el de autos donde no se encuentra ordenada la actualización de la PC y la PAP, la incidencia de la PBU sobre el haber total deberá calcularse aplicando, sobre el valor del AMPO/MOPRE histórico, el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Badaro' del 26 de noviembre de 2007 (Índice de Salarios según el INDEC entre el 31/12/01 y el 31/12/06) y, una vez realizado ese cálculo, deberá verificarse si la falta de actualización genera en el haber final una diferencia mayor al 15% que la torne confiscatoria..." "La actora solicita la declaración de inconstitucionalidad de la ley 27.609 y del DNU 274/24... Ni los planteos de inconstitucionalidad de la actora fueron introducidos en la demanda y, sin perjuicio a la mención de normativa vigente en materia de movilidad previsional en el decisorio apelado, no fueron resueltos por la juez de grado en la sentencia, por lo que al no hallarse satisfecho ninguno de los citados presupuestos de admisibilidad del recurso de apelación... el Tribunal se halla impedido para pronunciarse sobre una petición que –por las razones señaladas– no constituye técnicamente un agravio y sobre el cual carece de competencia funcional... Por lo expuesto, no corresponde su tratamiento. Sin perjuicio de ello, se deja a salvo su derecho a cuestionar las normas en un nuevo proceso."
- Disidencias relevantes: No hubo disidencia mayor que modifique la parte resolutiva; los tres votos adhieren en la resolución final, con matizaciones del Dr. Fantini sobre la forma de redeterminación de la PBU y la Dra. Dorado proponiendo el criterio aplicable en el caso concreto. El acuerdo mayoritario es el transcripto en la parte resolutiva.

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