JUAREZ NICOLAS VIRGINIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó Juárez un reajuste de haberes previsionales frente a ANSeS por recalculo del haber inicial y cuestiones de inconstitucionalidad normativa. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado, confirmó lo demás, difirió el examen de inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 para la ejecución y condenó en costas a la demandada; además reguló honorarios del apoderado del actor.
¿Quién es el actor?
Juarez Nicolás Virginio.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; impugnación de liquidación del haber previsional inicial, actualización de remuneraciones computadas (incluida Prestación Básica Universal y servicios autónomos), y planteos de inconstitucionalidad de normas previsionales (arts. 9 de Ley 24.463; 25, 26 de Ley 24.241; art. 14 Resol. S.S.S. 6/09), además de cuestión relativa al impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos, confirmó el pronunciamiento apelado en lo demás objeto de agravio, diferió el tratamiento de la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución, impuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida según doctrina de la CSJN (Morales Blanca Azucena), reguló honorarios a favor del apoderado de la parte actora en 30% de lo fijado en primera instancia más IVA si corresponde, y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"Corresponde dejar establecido a los fines del dictado de la presente sentencia que la Fecha de Adquisición de Beneficio del actor es el 10/07/2023, en vigencia de la Ley 24.241 con las modificaciones introducidas por la Ley 27.609."
"Incurre en reformatio in pejus el pronunciamiento que coloca a los únicos apelantes en peor situación que la resultante de la sentencia recurrida, lo que constituye una violación directa e inmediata a las garantías de defensa en juicio y de propiedad (CSJN Fallos: T.325 P.3318)".
"Por lo expuesto, se confirma la sentencia apelada."
"En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 ... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% –límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente– y se confirma lo resuelto en la instancia de grado."
"Difiérase el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación..."
"En virtud de lo expuesto, propongo: 1) Revocar parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos precedentes; 2) Confirmar el pronunciamiento apelado en lo demás que decide y ha sido materia de agravios; 3) Diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia; 4) Disponer las costas de ambas instancias a la demandada vencida..."
- Voto en disidencia o adhesiones relevantes: El Dr. Juan A. Fantini adhirió al voto que encabeza el decisorio "con excepción de lo resuelto en torno a la Prestación Básica Universal", consignando criterios propios sobre la forma de redeterminación de la PBU según distintos supuestos; esa salvedad fue manifestada pero el acuerdo final del Tribunal es el consignado en la parte resolutiva (mayoría).
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