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GONZALEZ ALFREDO RAUL HIGINIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor exigió reajustes varios contra ANSES por actualización de haberes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de grado y hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando el reajuste de la prestación a enero de 2021 por las diferencias correspondientes a enero y febrero de 2021 y diferir el examen de inconstitucionalidad de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución.

Reajustes varios Anses Movilidad previsional Ley 27.609 Dnu 274/2024 Ley 24.463 art.22 Tasa pasiva bcra Costas Honorarios Inconstitucionalidad diferida


¿Quién es el actor?

GONZÁLEZ, Alfredo Raúl Higinio (titular de prestación, Fecha de Adquisición de Beneficio 01/01/2012).

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios — actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y cuestionamiento de la aplicación de las leyes 27.426, 27.541, decretos relacionados y de la Ley 27.609; se solicitó, entre otras cosas, la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y la actualización de haberes por períodos afectados por decretos de emergencia.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia apelada y hizo lugar parcialmente a la demanda en el plazo del art. 22 de la Ley 24.463 (conforme art. 82 ap. 3º Ley 18.037), ordenando a ANSES que reajuste la prestación del actor a enero de 2021 con la diferencia resultante entre lo percibido por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y la movilidad que le hubiese correspondido de haberse aplicado la ley 27.426, únicamente para los meses de enero y febrero de 2021; se difirió el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución; se aplicará la tasa pasiva promedio mensual del BCRA para intereses; costas de ambas instancias a la demandada vencida; y regulación de honorarios conforme lo dispuesto en la parte resolutiva. (Esta es la decisión de la mayoría consignada en la parte dispositiva final.)
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "En este orden, corresponde revocar la sentencia de grado, en lo que respecta, y se propicia ordenar al organismo demandado que abone al titular las diferencias que pudieran surgir entre la movilidad percibida en virtud de los decretos dictados en el contexto de emergencia económica y la que le hubiera correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, únicamente para los meses de enero y febrero 2021." "Finalmente, ante la insuficiencia demostrada por el esquema de movilidad de la Ley 27.609, el Poder Ejecutivo dictó el DNU Nº 274/2024, publicado el 25 de marzo de 2024... En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución." "En cuanto a los intereses, deberán calcularse desde que cada suma fuere debida y hasta su efectivo pago, conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. C.S.J.N. “Spitale, Josefa Elida”, Fallos, 327:3721; ratificado in re “Cahais, Rubén Osvaldo c/ Anses s/ reajustes varios”, sentencia del 18-4
- 2017, Fallos: 340:483.)."
- Disidencia relevante: El Dr. Juan Alberto Fantini expresó su disidencia con el voto de la preopinante en cuanto a la solución aplicada a algunos puntos —sin embargo, adhirió a diferir la cuestión de inconstitucionalidad y compartió otros aspectos; pese a ello, la resolución final fue adoptada por mayoría conforme el texto dispositvo que antecede.

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