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RUSSO OSVALDO JULIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Demanda por reajustes varios y cuestionamiento del cálculo de la Prestación Básica Universal (PBU) y de la aplicación de topes de haberes. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró desierto el recurso de la actora, difirió para la ejecución el examen del haber inicial de la PBU y de la aplicación de topes, y confirmó la sentencia recurrida en lo demás.

Pbu Prestacion basica universal Anses Topes de haberes Quiroga Ejecucion Costas por su orden Reformatio in pejus (salvo) Seguridad social Difiere para ejecucion.


¿Quién es el actor?

RUSSO OSVALDO JULIO.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; revisión del cálculo de la Prestación Básica Universal (PBU) con fecha de adquisición del derecho 26/01/2023; impugnación de la aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463).

¿Qué se resolvió?

Se declaró desierto el recurso interpuesto por la parte actora; se difirió para la etapa de ejecución el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU conforme “Quiroga” y el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; se confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; y se imponen costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Llegan las actuaciones a conocimiento de la Sala en virtud de los recursos deducidos por ambas partes , contra la sentencia definitiva dictada en la presente causa.La actora no expresó agravios en los términos de los arts. 259 y 265 del CPCCN, motivo por el que corresponde declarar desierto el remedio legal intentado." "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re 'QUIROGA', momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero recaídos en los expedientes 38794/2010: 'SADOFSCHI', sentencia del 21 de octubre de 2021 y 73433/2010 'MARINATI', sentencia del 14 de julio de 2022." "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor." "Costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción (art. 68, 2º del CPCCN, art. 36 de la ley 27.423 y caso 'Morales, Blanca' (Fallos: 346:634))."
- Voto en disidencia o salvo: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque deja "a salvo su opinión" respecto del agravio de la ANSeS sobre la PBU por entender que expedirse en contrario podría incurrir en reformatio in pejus; dicha manifestación queda identificada como reserva individual y no modifica la decisión mayoritaria que figura en la parte resolutiva.

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