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MADERA OSCAR ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES por reajustes varios relativos a su prestación previsional y cuestionó aplicación de topes, movilidad y retenciones. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada, diferenció para ejecución el control sobre topes de haberes y confirmó la imposición de costas a la vencida y la inapelable distribución de honorarios (30% de la instancia anterior).

Reajustes Prestaciones previsionales Topes de haberes Movilidad Ley 27.541 Ley 27.609 Prescripcion bienal Costas Honorarios Anses


¿Quién es el actor?

Madera Oscar Alberto.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de la prestación previsional (revisión del haber inicial, aplicación de topes de haberes -art. 9 Ley 24.463-, aplicación de leyes 27.541/27.609, prescripción bienal, retención del impuesto a las ganancias, costas y honorarios).

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; diferió para la etapa de ejecución el examen del cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; confirmó la imposición de costas a la vencida en la instancia de grado en los términos indicados y fijó los honorarios de la dirección letrada de la actora en un 30% de lo que se liquide por la instancia anterior. Costas en la alzada por su orden.
- Fundamentos principales (transcripción de pasajes relevantes): 1) "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re 'QUIROGA', momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas..." 2) "Por ello el Tribunal, por mayoría RESUELVE: 1.
- Diferir para la etapa de ejecución el cuestionamiento dirigido a la aplicación de topes de haberes de conformidad a lo expuesto precedentemente." 3) "En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 (conf Fallo: CSJN 'Rapisarda José León c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', Sent. Fecha 06/08/2015, R. 680. XLVI. RHE) en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado." 4) "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia: El voto consignado como "en disidencia parcial" (firma junto a los demás) fue dejado a salvo por el Dr. Juan A. Fantini Albarenque respecto de ciertos puntos —por ejemplo, remite a fundamentos de autos "Wald" y difiere tratamiento de la ley 27.609 para ejecución— pero la decisión que vale es la acordada por la mayoría consignada en la parte resolutiva.

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