PAULOS GUILLERMO JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES por reajustes varios, incluido reclamo sobre cálculo de haber inicial, actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de topes y retención de impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia en lo resolutivo y dispuso diferir el tratamiento de la PBU y de los topes de haberes para la etapa de liquidación y ejecución, confirmó costas y fijó honorarios de alzada en el 30% respecto de lo que se estipule para la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
Paulos Guillermo José.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Revisión de reajustes varios relativos al cálculo del haber inicial (actualización de remuneraciones), redeterminación de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de topes de haberes (art. 26 Ley 24.241, art. 9 Ley 24.463, art. 79 Ley 18.037), imposición de impuesto a las ganancias sobre prestaciones, intereses y descuentos por obra social, tasa de interés aplicable a retroactividad, y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, resolvió posponer el tratamiento de la PBU para la etapa de liquidación de sentencia; posponer el tratamiento del tope de haberes para la etapa de ejecución; confirmar lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado conforme al art. 68 del CPCCN salvo que de la liquidación surjan sumas a favor del actor; confirmar la sentencia recurrida en lo demás materia de agravios; imponer costas por su orden en la Alzada; y fijar los honorarios de la dirección letrada de la actora por su actuación en la Alzada en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior. Protocolícese, notifíquese y remítase.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos 'Elizondo, Fanny Margarita c/ ANSES s/Reajustes Varios', Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución."
"Por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes ... pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
"Que respecto a la retención del impuesto a las ganancias, la CSJN ya se ha expedido en casos de aristas similares ... por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."
Sobre costas: "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
Sobre intereses: "A la retroactividad resultante habrá de aplicarse la Tasa Pasiva Promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina de conformidad a la doctrina reiterada del Alto Tribunal cfr. 'Spitale' (Fallos: 327:3721)."
- Votos en disidencia/observaciones: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó expresamente a salvo su opinión en torno a varias cuestiones y manifestó que, respecto de la actualización de las remuneraciones utilizadas para el cálculo del haber inicial (todas posteriores a marzo de 2009), corresponde rechazar los agravios por no haberse demostrado perjuicio concreto; asimismo opinó que las costas en ambas instancias deberían imponerse a la demandada (conf. art. 68 CPCCN). Estas apreciaciones fueron dejadas a salvo y no modifican la decisión de la mayoría.
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