MARTINEZ MIRNA ELIZABETH c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de su beneficio previsional conforme a la ley 24.241 y planteó inconstitucionalidades. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente a la demanda, rechazó la prescripción y ordenó el recálculo del haber y el pago del retroactivo dentro de 120 días, difiriendo la regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
MARTINEZ MIRNA ELIZABETH.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste del beneficio previsional (jubilación Nº 14-0-2410190-0-0) conforme ley 24.241 y planteos de inconstitucionalidad de normas y decretos aplicables; solicitud de recalculo del haber y retroactivos.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la defensa de prescripción y se hizo lugar parcialmente a la demanda; se ordenó a ANSES abonar el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de los 120 días desde que la sentencia quede firme; se impusieron las costas por su orden y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Luego de compulsar la prueba documental que tengo a la vista, advierto que el titular obtuvo el beneficio de jubilación Nº 14-0-2410190-0-0 al amparo de la ley 24241, con fecha de adquisición del derecho el 23.04.2024. En consecuencia, analizaré el reclamo por diferencias de haberes que formula a la luz de la ley 24.241."
"Conforme lo resuelto por la totalidad de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que ha revocado dicha criterio con fundamento en lo dispuesto por el Máximo Tribunal en autos 'Quiroga Carlos Alberto c/ Anses' Sent. CSJN 11/11/2014... considero que a fin de evitar dilaciones procesales innecesarias en desmedro de las partes, corresponde me expida sobre el particular."
"Ello así, a fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.S.J.N. in re 'Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios' ... disponiendo que el valor del MOPRE debe ser actualizado por el índice considerado por la Excma. CSJN. en el precedente 'Badaro' y luego las movilidades dispuestas por ley 26198 ... y a partir de 03/2009 los aumentos previstos por la ley 26.417 hasta la fecha de adquisición del beneficio."
"En consecuencia, atendiendo a la fecha de adquisición del derecho, y toda vez que el Congreso de la Nación ha dispuesto en forma específica el índice que corresponde aplicar para la actualización de las remuneraciones correspondientes (conf. art. 4 de la ley 27.609), estimo procede desestimar el reclamo ejercido sobre el punto."
"El haber recalculado de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio en ningún caso podrá exceder los porcentajes establecidos en las leyes de fondo ... Las diferencias resultantes a favor de la parte actora, deberán ser abonadas sin quita alguna... Los intereses, se liquidarán desde que cada suma es debida conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central..."
Se aclara que estas transcripciones reflejan los fundamentos del juez sentenciante y constituyen la base de la decisión; no hubo votos en disidencia consignados en la presente resolución.
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