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FREIBERG GRACIELA EDIT c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió amparo contra ANSES para obtener el cese del descuento previsto en el artículo 9 de la ley 24.463 y la restitución de sumas retenidas. El Juzgado hizo lugar al amparo, declaró inconstitucional e inaplicable el art. 9 en relación con el beneficio de la actora y ordenó a ANSES pagar el haber sin aplicar el tope y abonar los retroactivos dentro de 30 días hábiles.

Amparo Jubilacion docente Ley 24.463 art. 9 Inaplicabilidad Anses Retroactivos Impuesto a las ganancias Igualdad constitucional Seguridad social Ley 24.241


¿Quién es el actor?

Sra. Freiberg Graciela Edit, DNI 17.801.289.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Amparo para obtener el cese del descuento previsto por el artículo 9 de la ley 24.463 sobre su haber previsional (jubilación docente), y el reintegro de las sumas descontadas, sin retención de impuesto a las ganancias y con intereses; se ofreció prueba y se reservó el caso federal.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del artículo 9 de la ley 24.463 respecto del beneficio de la actora; se ordenó a ANSES abonar el beneficio jubilatorio sin aplicar el tope del art. 9 y liquidar y abonar el retroactivo devengado, todo en el plazo de 30 días hábiles; costas a cargo de la demandada; diferimiento de regulación de honorarios de la actora para la ejecución, aplicándose la ley 27.423 según se indica.
- Fundamentos principales (transcripciones relevantes del decisorio):
- "El objeto de la pretensión es obtener la declaración de inaplicabilidad del artículo 9 de la ley 24.463 sobre el haber previsional de la actora obtenido por sus servicios docentes, en los términos de la Ley 24.241 + Decreto 137/2005."
- "no es posible considerar válido sostener en el universo de jubilados docentes la aplicación de la escala de deducción y del tope máximo previsional previstos en el artículo 9 incisos 2 y 3, respectivamente de la ley 24.463 según su beneficio fue otorgado conforme la ley 24016 o conforme la ley 24.241 + el Decreto 137/2005, sin alterarse injustamente el principio de igualdad garantizado por el artículo 16 de la Constitución Nacional."
- "Por lo expuesto la Anses deberá abstenerse de aplicar, sobre el haber de jubilación de la actora el tope previsto por el artículo 9 de la ley 24.463, como, asimismo, deberá reintegrar los montos retenidos oportunamente por tal concepto, considerando a tal efecto el plazo prescriptivo que seguidamente se indicará."
- Sobre el impuesto a las ganancias: "resuelvo que, hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto ... no podrá retenerse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias a la prestación previsional de la parte actora."
- Respecto del retroactivo: "la probable suma que se devengue en autos, corresponde a capital e intereses no imponibles" y, por ello, "la Anses, al momento de abonar las sumas retroactivas que pudieran resultar por medio de la presente, se abstenga de efectuar descuento alguno en concepto de impuesto a las ganancias."
- Prescripción y plazos: "Siendo la fecha de la demanda el 10.04.2026, las diferencias retroactivas devengadas serán desde el 10.04.2024." y "El plazo de cumplimiento será de 30 días desde que la sentencia quede firme."
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia; la decisión es atribuible a la Jueza Federal Dra. Karina Alonso Candis como sentencia definitiva.

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