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HUANCA MAMANI CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSeS solicitando el reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables. El Juzgado Federal 9 hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes, ordenó a ANSeS a recalcular y pagar dentro de 120 días desde la firmeza y rechazó la pretensión sobre suplementos extraordinarios.

Anses Reajustes previsionales Ley 24.241 Tope de haberes Inconstitucionalidad Ley 27.609 Suplementos extraordinarios Prescripcion Intereses Costas y honorarios (ley 27423).


¿Quién es el actor?

HUANCA MAMANI CRISTINA.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241; declaración de inconstitucionalidad de diversas normas y pedido de pago de diferencias y suplementos extraordinarios.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda en cuanto a los topes cuestionados; se ordenó a ANSeS que, dentro de los 120 días siguientes a la existencia de sentencia firme y considerando que las actuaciones administrativas están en poder de la demandada, proceda conforme lo dispuesto en la sentencia; se difirió el tratamiento de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución; se rechazó la pretensión de que se abonen los suplementos extraordinarios; costas a ANSeS; regulación de honorarios conforme a la ley 27423 y art. 1255 del CCyCN. (Texto ajustado a la parte resolutiva transcripta.)
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) "La parte actora promueve demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social. Solicita se practique el reajuste de los haberes previsionales asignados por la demandada en el marco de la ley 24.241, ataca la constitucionalidad de las normas atinentes, efectúa la reserva del caso federal, y peticiona la condena pagando las diferencias resultantes." 2) "En tal entendimiento, debo concluir que, si el haber redeterminado supera el tope del haber máximo, conforme las pautas dispuestas, se deberá observar lo establecido por el Máximo Tribunal en el precedente 'Actis Caporale'." 3) "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto." 4) "En tal contexto, la determinación de dichos destinatarios de este tipo de medidas, se inscribe dentro de las atribuciones propias del Estado para diseñar e implementar políticas económicas y sociales diferenciadas... La exclusión de quienes superan el umbral fijado por la normativa no puede reputarse arbitraria en tanto responde a la finalidad redistributiva que inspira la medida."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el expediente analizado; la parte resolutiva finaliza como se transcribió.

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