PAROLA TERESA DEL CARMEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió acción por reajustes varios contra ANSES por pensión derivada. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado y confirmó el resto, diferenció el tratamiento del precedente Villanustre, impuso costas a la demandada y reguló honorarios a favor de la actora.
¿Quién es el actor?
PAROLA TERESA DEL CARMEN.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios sobre beneficio previsional (pensiones derivadas) vinculado a jubilación del causante Miguel Ángel Martin (Ley provincial de La Rioja N° 5982, transferida a la Nación).
¿Qué se resolvió?
El Tribunal revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos, la confirmó en lo demás objeto de agravios, diferió el tratamiento del precedente de la CSJN "Villanustre", impuso costas de ambas instancias a la demandada vencida y reguló los honorarios de la representación letrada de la actora en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia (más IVA en su caso), ordenando devolver las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Dicho esto, con relación al agravio vertido por la ANSeS que gira en torno al art. 9 inc 3) de la Ley 24.463, el mismo dista de constituir una crítica concreta y razonada de los fundamentos vertidos por el juzgador de primera instancia, en los términos de los arts. 265 y 271 “in fine” del Código de Rito, máxime si se tiene presente que, como se ha sostenido con acierto 'La crítica concreta y razonada que debe contener el memorial de agravios, ha de consistir en la indicación, punto por punto, de los pretendidos errores, omisiones y demás deficiencias que se atribuyen al pronunciamiento; en ausencia de los fundamentos específicamente referidos a las consideraciones determinantes de la decisión adversa a las pretensiones del recurrente o frente a genéricas remisiones a las presentaciones formuladas durante el curso del proceso, no hay agravios que atender en la alzada.' (Conf. CNC Sala B en autos 'BRAJKOVEC JOSE R. Y OTRO V/LUCASA CONSTRUCCIONES S.A.' sentencia del 30 de mayo de 1986)."
"En lo atinente al agravio referido al impuesto a las ganancias, la Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha expedido en los autos: 'García Marta Susana c/ ANSES s/ Reajustes Varios', Sentencia del 10 de septiembre de 2020 y 'García Blanco Esteban c/ Anses s/ reajustes varios' Sentencia del 6 de mayo de 2021, donde se remitió al anterior pronunciamiento 'García, María Isabel c/ AFIP s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad', Sent. Fecha 26/03/2019, Fallos: 342:411. Cuestiones de economía y celeridad procesal me obligan a remitirme a dichos fundamentos."
"En relación con el agravio vertido referente a la doctrina fijada por la CSJN en los autos: 'Villanustre, Raúl Félix s/ jubilación', Sent. Fecha 17/12/1991, 30/1988-V-22-RHE, difiérase su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia, momento en cual podrá evaluarse concretamente su aplicación al caso."
- Votos: El voto que encabeza el decisorio fue suscripto por el Dr. Juan A. Fantini (preopinante) y fue adherido por los Dres. Walter F. Carnota y Nora C. Dorado; no consta disidencia.
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