GATICA ALBERTO EMILIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor la recalificación y actualización de haberes previsionales derivados de la metodología de cálculo del haber inicial y de la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU). La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado en lo agravado y diferió el tratamiento de la actualización de la PBU, considerando razonables los índices legislativamente previstos y remitió las costas conforme a ley.
¿Quién es el actor?
Gatica Alberto Emilio.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Impugnación de la metodología de actualización de remuneraciones que sirven de base para el cálculo del haber inicial (Prestación Compensatoria, Adicional por Permanencia e Ingreso Base) y ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia recurrida en lo decidido y materia de agravios y difirió el tratamiento del planteo referido a la actualización de la PBU como componente del haber inicial; además impuso costas en la Alzada y fijó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se establezca para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes):
1) "Que en tales condiciones los índices elegidos por el legislador –índice Nivel General de las Remuneraciones (INGR) hasta el 31 de marzo de 1995, luego del índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) hasta el 30 de junio de 2008, desde allí las equivalentes a las movilidades establecidas en la ley 26.417 hasta la sanción de la ley 27.426, y a partir del 1º de marzo el índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE)-, dan adecuada respuesta en el caso, por cuanto no surgen periodos sin actualización y en su construcción se tuvieron en cuenta indicadores de alcance general que, prima facie valorados, no se presentan irrazonables ni arbitrarios."
2) "Que por tales motivos corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda, en base el método indicado en la ley 27.609 y concordantes."
3) "En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos 'Elizondo, Fanny Margarita c/ ANSES s/Reajustes Varios'..., donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución."
4) Sobre límites del control judicial: "esta Alzada examinó sólo los planteos de hecho y de derecho conducentes... sometidos a la decisión del juez de primera instancia que fueron materia de agravios, encontrándose el Tribunal limitado en ese sentido y no pudiendo excederse de dicha medida; por lo que, las restantes cuestiones decididas que no han sido materia de tratamiento en la presente deberán, en el momento procesal oportuno, abordarse de manera integral por el juez de grado."
- Voto en disidencia (relevante y señalado como tal): El Dr. Juan A. Fantini Albarenque expresó su voto en disidencia parcial proponiendo revocar lo decidido en la instancia anterior y declarar la inconstitucionalidad del art. 3 de la Ley 27.426, sosteniendo que "las remuneraciones consideradas a los fines del cálculo del haber inicial deberán actualizarse en el marco de lo resuelto por la CSJN en los autos: 'Elliff Alberto...' y 'Blanco, Lucio Orlando...'", con imposición de costas a la demandada. (Esta postura quedó en disidencia parcial y no integra la decisión de la mayoría).
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