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PAZ WALTER UMBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Demandante jubilado reclamó reajuste de haber, cese del “Cargo por Aportes”, restitución de sumas retenidas e incorporación de suplementos. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°2 rechazó la demanda, con fundamento en la falta de prueba de carácter general de los suplementos reclamados y en la doctrina sobre la naturaleza de los adicionales.

Seguridad social Jubilacion policial Reajuste de haber Cargo por aportes Suplementos particulares Incorporacion al haber Costas Honorarios Ley 27.423 Ccycn art.1255


¿Quién es el actor?

PAZ WALTER UMBERTO (jubilado policial).

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reconocimiento pleno del derecho al reajuste del haber jubilatorio; cese del descuento denominado “Cargo por Aportes”; restitución de sumas retenidas; incorporación al haber de suplementos percibidos en actividad; pago de capital, actualización e intereses.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la pretensión del actor (no hacer lugar a la demanda); costas por su orden; se regulan honorarios de la Dirección Letrada de la parte actora en $305.190,60 (equivalente a 3.3 UMA) y se ordena al letrado de la parte demandada cumplir lo dispuesto por la ley 27.423.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Que en consecuencia, resultan adicionales propios de la actividad desarrollada por los agentes en actividad en tanto y en cuanto se encuentran prestando servicios una vez pasado retiro, eso significa un adicional sin contraprestación alguna por parte del retirado, deviniendo en un enriquecimiento sin causa no aplicado en la hermeneútica jurídica aplicada." "Pese a los argumentos expuestos por la actora en resguardo de su derecho, advierto que de constancias de autos no puede inferirse en modo alguno el cobro generalizado de los suplementos reclamados, lo que resulta determinante para la desestimación de su procedencia en el caso." "Por lo expuesto, citas legales y jurisprudenciales, RESUELVO: 1) No hacer lugar a a la demandada incoada, de conformidad con lo expuesto en los considerandos precedentes; 2) En atención al resultado del pleito, costas por su orden (art. 36 de la ley 27423), 3) Regúlense los honorarios de la Dirección Letrada de la parte actora en la suma de $ 305.190,60 (pesos trescientos cinco mil ciento noventa con 60/100) equivalente a 3.3 UMA por aplicación del art. 1255 del CCyCN, más el IVA en caso de corresponder."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente.

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