ESTRADA ROBERTO JAVIER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a la ANSES solicitando el reajuste del haber previsional por retiro por invalidez y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda y ordenó a ANSES recalcular y actualizar el haber dentro de 120 días desde la firmeza de la sentencia, con regulación de intereses, costas a la vencida y liquidación de honorarios.
¿Quién es el actor?
Roberto Javier Estrada (parte actora).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (A.N.Se.S.).
- Objeto de la demanda: Petición de reajuste del haber previsional asignado en el marco de la ley 24.241 (retiro por invalidez), impugnación de la constitucionalidad de normas y pago de diferencias y suplementos.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se ordenó a ANSES que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme proceda al recálculo del haber inicial asignado conforme a los lineamientos fijados en los considerandos; que una vez recalculado se actualice con la movilidad determinada en el fallo; que los haberes actualizados y las acreencias retroactivas se abonen en el plazo indicado, computando intereses y con las reglas de prescripción fijadas; se difirió el tratamiento de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución; se rechazó la pretensión relativa a suplementos extraordinarios; se resolvieron costas a la vencida y se regularon honorarios (15% del crédito que resulte).
- Fundamentos principales (transcripción de pasajes relevantes):
"La cuestión traída a conocimiento del suscripto en autos, estriba en determinar si resulta atendible el perjuicio alegado por la parte actora, quien considera que en torno a la cuantía del haber percibido, surgirían diferencias a su favor originadas en la incorrecta actualización de las remuneraciones tomadas como base para el cálculo del haber asignado, la falta de movilidad de éste, así como la aplicación de diversos topes."
"Sobre la materia, el precedente 'Blanco, Lucio Orlando C.ANSeS S.Reajustes Varios' (sent. del 18/12/2018 de la CSJN) da cuenta la metodología que actualización impone aplicar los parámetros del precedente Elliff hasta el 3/09 y de allí en adelante los aumentos consecutivos fijados por la ley 26.417..."
"Los intereses sobre las diferencias que surjan se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual capitalizable que publica el Banco Central de la República Argentina y me remito al precedente de la Excma. CSJN en autos 'Spitale, Josefa Elida c/Anses s/impugnación de resolución' del 14/09/04 y 'Cahais, Rubén Osvaldo c/Anses s/reajustes varios' del 18/04/2017."
"Por lo expuesto, citas legales y jurisprudenciales, RESUELVO: 1) Hago lugar parcialmente a la demanda interpuesta y en consecuencia, ordeno a la A.N.Se.S. a que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme en autos ... proceda al recalculo del haber inicial asignado, de conformidad con los lineamientos fijados en los considerandos."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el texto aportado.
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