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PEREZ PERRI GUSTAVO ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a la A.N.Se.S. solicitando reajuste de haberes previsionales y declaración de inconstitucionalidades. El Juzgado hizo lugar parcialmente al reclamo respecto de los topes, ordenó a ANSeS a proceder en 120 días desde la firmeza y difirió al momento de ejecución el examen de la inconstitucionalidad de la Prestación Compensatoria.

Anses Reajuste de haberes Topes Prestacion compensatoria Inconstitucionalidad Prescripcion Intereses Honorarios art.1255 ccycn Ley 27.609 Seguridad social

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: PEREZ PERRI GUSTAVO ALBERTO (parte actora / reclamante jubilatorio). Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (A.N.Se.S.). Objeto: Reajuste de haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241; impugnación constitucional de diversas normas y condena al pago de las diferencias resultantes. Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda en lo relativo a los topes cuestionados; se ordenó a ANSeS a que, dentro de los ciento veinte días desde que exista sentencia firme, proceda conforme lo dispuesto; los haberes modificados deberán abonarse dentro del mismo plazo; las acreencias retroactivas se computarán con los intereses fijados y conforme a lo resuelto sobre prescripción; se difirió el tratamiento de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución; se rechazó la pretensión respecto de suplementos extraordinarios; costas a ANSeS; regulación de honorarios conforme art. 1255 CCyCN (15% del crédito que resulte).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) Sobre la inconstitucionalidad de la Resolución SSS 6/09, el tribunal declaró: "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y lo declaro inconstitucional en este acto." 2) Sobre el artículo 26 (Prestación Compensatoria) y posible confiscatoriedad, el juez dispuso diferir su tratamiento hasta la liquidación: "Por ello resulta ajustado a derecho diferir su tratamiento para el momento de practicarse liquidación, esto es en la etapa de ejecución de sentencia, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado, (conforme los lineamientos del fallo 'Actis Caporale'... )." 3) Fundamento de la parte dispositiva: "Por lo expuesto, citas legales y jurisprudenciales, RESUELVO: 1) Hago lugar parcialmente a la demanda interpuesta, en particular sobre los topes tratados..." (transcripción íntegra de la parte resolutiva incluida en la sección 0).
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución es unipersonal del Juez Federal Subrogante que firma la sentencia.

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