Logo

TEJERINA HUGO ORLANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a la ANSeS solicitando el reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas relativas a topes y pautas de cálculo. El Juzgado Federal de la Seguridad Social n.º2 hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes, ordenó a ANSeS a proceder a la recalculación y pago dentro de 120 días de sentencia firme, y rechazó el pedido de suplementos extraordinarios.

Anses Reajustes previsionales Topes Inconstitucionalidad Prestaciones compensatoria Prescripcion Intereses Costas Honorarios Ley 24.241


¿Quién es el actor?

TEJERINA Hugo Orlando (parte actora que promovió demanda).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajuste de haberes previsionales en el marco de la ley 24.241; impugnación por inconstitucionalidad de topes y normas reglamentarias; petición de pago de diferencias y suplementos extraordinarios; reserva del caso federal.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda en lo relativo a los topes tratados y se ordenó a la ANSeS, en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme, que proceda conforme lo dispuesto; se rechazó la pretensión de abonar los suplementos extraordinarios; se regularon costas a favor de ANSeS (art. 36 ley 27423) y se fijaron honorarios para la Dirección Letrada de la parte actora (15% del importe del crédito que resulte a favor del reclamante), con las demás precisiones contenidas en la parte resolutiva. Los haberes modificados deberán abonarse dentro del plazo señalado y las acreencias retroactivas computarán intereses y prescripción conforme lo resuelto.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): 1) "La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad – de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio." 2) "En tal estado, la causa queda en estado de resolver. Consentido, pasa en la forma de estilo." 3) "Que corresponde tratar la solicitud de inconstitucionalidad de la ley 27.541 requerida. Finalizada la emergencia pública... deberá ponderarse la discrepancia entre la movilidad percibida en virtud de los decretos 163/20, 495/20, 692/20 y 899/20 y los que le hubiesen correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, debiendo el organismo abonar al beneficiario las diferencias que pudieran surgir de efectuar dicha comparativa, para los meses de enero y febrero 2021 únicamente, y de allí en adelante se aplicará la nueva Ley vigente 27.609." 4) "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verific ar su operatividad y lo declaro inconstitucional en este acto." (referido al art. 14.2 de la Res. S.S.S. 6/09) 5) "Por las razones expuestas, citas legales y jurisprudenciales, RESUELVO: 1) Hago lugar parcialmente a la demanda interpuesta, en particular sobre los topes tratados..." (parte resolutiva).
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el decisorio; la resolución final es la expuesta en la PARTE RESOLUTIVA.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar