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SANABRIA MIRIA c/ ANSES s/PENSIONES

Demanda de pensión por fallecimiento contra ANSeS por denegatoria de aplicación de moratoria previsional. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°10 rechazó la demanda y declaró que el causante no acreditó los aportes necesarios conforme al Decreto 460/99, imponiendo costas a la actora y regulando honorarios por $286.878 (3 UMA).

Pensiones por fallecimiento Anses Decreto 460/99 Moratoria ley 24.476 Aportes Contributividad P.b.u. Costas Honorarios Seguridad social


¿Quién es el actor?

Sanabria Miria (por apoderado).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Impugnación de la Resolución ANSeS Nº RBO-D 00779/24 del 12/06/2024 que denegó la pensión por fallecimiento del cónyuge González Víctor Raúl; se solicitó computar servicios por moratoria (ley 24.476) y aplicar criterios de proporcionalidad y precedentes de la Corte Suprema (p. ej. "Pinto").

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda incoada por Sanabria Miria; se impusieron las costas a la actora y se regularon los honorarios de su dirección letrada en $286.878 (equivalente a 3 UMA, UMA $95.626), sin regular honorarios para la demandada; protocolícese, notifíquese y archívese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, manteniendo el lenguaje del tribunal): "El sistema previsional en nuestro país es de carácter contributivo, inspirado en un principio de solidaridad social. Si bien implica la existencia de derechos, también impone obligaciones a cumplir, derivándose de ello que quienes las incumplen, carecen luego de derecho para reclamar la asistencia previsional. Ello obedece a la necesidad de preservar el régimen financiero del sistema, evitando que aquellos que evaden su obligación de afiliarse o consienten el incumplimiento del empleador, pretendan luego un beneficio jubilatorio” (cfr. C.N.A.S.S., Sala II, sent. del 28.09.89, "Bretaña, Angélica R."). "A tales efectos, cabe recordar en primer término, que el art. 1 del Decreto 460/99 considera aportante regular con derecho, a aquel afiliado en relación de dependencia al que se le hubieran efectuado las retenciones previsionales correspondientes durante 30 meses como mínimo dentro de los treinta y seis meses anteriores a la fecha de la solicitud... Considera aportante irregular con derecho, a aquel afiliado en relación de dependencia al que se le hubieran efectuado las retenciones previsionales correspondientes durante dieciocho meses como mínimo dentro de los treinta meses anteriores..." "En el contexto descrito y luego de analizar el expediente administrativo y constancias habidas en autos, que tengo a la vista advierto que el de cujus le han sido considerados 7 años y 4 meses de servicios dependientes, y que los demás servicios autónomos por un total de 21 años y 4 meses intenta regularizarlos por la moratoria ley 24.476, aun no aceptada y que ingresa el pago de un mensual para proceder a su inclusión... el causante no cuenta con aportes efectivos concomitantes a las tareas realizadas, circunstancia que permiten concluir que no alcanza la proporción que se exige... ni tampoco aquélla requerida equivalente al 50% de los recaudos requeridos para la P.B.U ( cfr. art. 95 ley 24241 y dto 460/99)." "En atención a lo resuelto y toda vez que no se ha logrado demostrar la irrazonabilidad del Decreto 460/99 que invoca, rechazaré el planteo que formula."
- Disidencias: No existen votos en disidencia en el expediente; la sentencia es de un Juez Federal Subrogante y el pronunciamiento dispositvo es el que quedó firme en la presente resolución.

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