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PALOMO, ROSA LILIANA c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La actora apeló la decisión de la Comisión Médica Central que negó el requisito de invalidez para el retiro por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró admisible el recurso y confirmó lo resuelto por la Comisión Médica Central, imponiendo costas por su orden y regulando honorarios por $277.446 (3 UMA, UMA $92.482).

Retiro por invalidez Anses Comision medica central Incapacidad laborativa 22 13% Uma Honorarios Ley 24.241 Ley 27.423 Costas Camara federal de la seguridad social


¿Quién es el actor?

PALOMO, ROSA LILIANA.

¿A quién se demanda?

ANSES (Comisión Médica Central / Cuerpo Médico Forense).
- Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra el dictamen de la Comisión Médica Central que consideró no acreditado el requisito de invalidez para acceder al retiro por invalidez (art. 49 p.4 ley 24.241).

¿Qué se resolvió?

Se declaró formalmente admisible el recurso de apelación y, en su mérito, la Cámara confirmó lo resuelto por la Comisión Médica Central; se impusieron las costas por su orden y se regularon honorarios de la dirección letrada por $277.446 (3 UMA, UMA $92.482).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 49 punto 4 de la ley 24241, el Cuerpo Médico Forense produjo un informe, que en base a las consideraciones médico legales que desarrolla, concluye reconociendo la existencia de una incapacidad laborativa a los fines previsionales del 22,13%." "Que, el informe en cuestión ha de ser tenido por válido y determinante de la verdad jurídica objetiva que permita decidir la cuestión planteada, habida cuenta de la seriedad del organismo del que emana y los amplios fundamentos en que se basa; no habiendo sido desvirtuado por las partes tras el traslado conferido del informe." "La solución propiciada concuerda con la discernida por la C.S.J.N. en situaciones análogas, como ser, entre otras, por sentencia del 26.12.17 in re RECURSO DE HECHO 'SOSA C/ ANSES S/ RETIRO POR INVALIDEZ (ARTICULO 49 P4 LEY 24241)'." "Finalmente, corresponde regular los honorarios de la dirección letrada de la parte actora por su desempeño profesional en autos en la suma de $277.446, equivalente a 3 UMA (valor UMA $92.482 Resolución SGA 538/26), conforme art. 19 y cc. de la ley 27423 y 1255 CCyC., atento a los trabajos realizados y el resultado obtenido, quedando a cargo de la misma su notificación fehaciente al cliente (art. 56, ley 27423)."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en la parte dispositiva final; lo resuelto es la decisión de la Cámara.

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