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BARBERIS, CARLOS DARIO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

Reclamo de retiro por invalidez contra ANSeS por reconocimiento de incapacidad previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar a la apelación, declaró acreditada la incapacidad exigida por el art. 48 y ordenó a la ANSeS a pronunciarse y, de ser otorgada, hacer efectiva la prestación en 30 días.

Retiro por invalidez Incapacidad previsional Anses Cuerpo medico forense Ley 24.241 Art. 48 Honorarios Uma Costas Apelacion


¿Quién es el actor?

BARBERIS, CARLOS DARIO.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Solicitud de retiro por invalidez (art. 49 pto. 4 Ley 24.241) por incapacidad laboral a los fines previsionales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró acreditada la incapacidad exigida por el art. 48 y ordenó a la ANSeS que se pronuncie sobre el otorgamiento de la prestación pretendida y, de ser acordada, la haga efectiva dentro de los 30 días de quedar firme el pronunciamiento; impuso las costas por su orden y reguló honorarios por $277.446 (3 UMA).
- Fundamentos principales de la decisión (fragmentos textuales relevantes): "Que, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 49 punto 4 de la ley 24241, el Cuerpo Médico Forense produjo el informe de fecha 30.4.26, que en base a las consideraciones médico legales que desarrolla, concluye reconociendo la existencia de una incapacidad laborativa a los fines previsionales del 67,30%." "Que, el informe en cuestión ha de ser tenido por válido y determinante de la verdad jurídica objetiva que permita decidir la cuestión planteada, habida cuenta de la seriedad del organismo del que emana y los amplios fundamentos en que se basa; máxime si se tiene presente que aquellos no resultan conmovidos por las observaciones formuladas por la parte demandada..." "Que en virtud de lo dictaminado, contrariamente a lo decidido por la C.M.C., corresponde declarar que quien demanda reúne las condiciones exigidas por el inciso a) del art. 48 de la ley 24241 para acceder al beneficio de retiro por invalidez." Además, respecto de honorarios: "corresponde regular los honorarios de la dirección letrada de la parte actora ... en la suma de $277.446, equivalente a 3 UMA (valor UMA $92.482 Resolución SGA 538/26), conforme art. 19 y cc. de la ley 27423 y 1255 CCyC., atento a los trabajos realizados y el resultado obtenido..."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva.

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