GUTIERREZ CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajuste de haberes y revisión del haber inicial solicitados por el actor frente a ANSeS por beneficio con fecha de adquisición 31/10/2016. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada en lo principal, diferenció el tratamiento de la aplicación de topes para la etapa de ejecución y confirmó la imposición de costas y la determinación de honorarios por la Alzada.
¿Quién es el actor?
GUTIERREZ CARLOS ALBERTO.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; revisión del haber inicial, actualización de remuneraciones para cálculo del haber, aplicación de Prestación Básica Universal, impugnación de topes de haberes (art. 9 ley 24.463 y art. 26 ley 24.241), retención de impuesto a las ganancias, prescripción y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, resolvió diferir para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; confirmó lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado (imponiéndolas al vencido conforme art. 68 CPCCN si de la liquidación surgieren sumas a favor del actor, y en caso contrario en el orden causado conforme art. 36 ley 27.423); confirmó la sentencia recurrida en lo demás; impuso costas por su orden en la Alzada; y fijó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes):
"Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re 'QUIROGA'... momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero..."
"Por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463, art. 26 de la ley 24.241) ... pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
"Que la prescripción aplicada por el fallo ha de ser confirmada por ajustada a derecho, (art. 82 de la ley 18037 ahora art. 168 de la ley 24241), toda vez que en materia de reajustes por movilidad del haber jubilatorio rige la prescripción bienal."
"Que respecto a la retención del impuesto a las ganancias, la CSJN ya se ha expedido ... por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."
"Costas por su orden en la Alzada en atención a la forma que se resuelve, arts. 68 segunda parte del C.P.C.C.N. y 36 de la ley 27.423 (conf. CSJN, sentencia del 22.06.2023, in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo')."
"Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior, en atención a la calidad y extensión de las tareas desarrolladas y teniendo en cuenta las pautas de la ley 27.423 (art. 30)."
- Voto en disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque expresó su opinión (disidencia parcial) sobre la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en el supuesto de que en la etapa de liquidación se acredite que la aplicación de los topes genera "una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente-". Esa posición fue consignada como opinión reservada del vocal que quedó en disidencia parcial y no modificó la resolución final adoptada por mayoría.
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