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SILVA MARTA SUSANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES por reajustes de la Prestación Básica Universal y el cálculo del haber inicial. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la pauta de ajuste: aplicó ISBIC (Elliff) hasta 28/2/09 y el índice combinado del art. 2 ley 26417 desde 3/09 hasta la fecha de adquisición del derecho, y diferenció la revisión del haber inicial para ejecución conforme Quiroga.

Pbu Reajustes Isbic Elliff Indice combinado art. 2 ley 26.417 Prescripcion bienal Costas Anses Ejecucion conforme quiroga Honorarios (30%)


¿Quién es el actor?

SILVA MARTA SUSANA (actora).

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios vinculados a la Prestación Básica Universal (PBU), método de actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial, aplicación/exención de impuestos y aportes, prescripción, tasa de interés y costas.

¿Qué se resolvió?

Se diferenció el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución conforme “Quiroga”; se dejó sin efecto la pauta dispuesta para el ajuste de los servicios dependientes y se dispuso aplicar el ISBIC cfr. “Elliff” para las remuneraciones hasta el 28/2/09 y aplicar el índice combinado previsto por el art. 2 de la ley 26.417 para las remuneraciones computadas desde el mensual 3/09 hasta la fecha de adquisición del derecho; se confirmó lo resuelto sobre costas en la instancia de grado con las condiciones indicadas; y se confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios. Costas por su orden en la alzada; honorarios de la dirección letrada de la actora fijados en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re 'QUIROGA', momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero..." "En aras a alinear la decisión sobre revisión del haber inicial de la prestación, cabe tener presente los lineamientos establecidos por la C.S.J.N. en el precedente 'Elliff, Alberto José c/Anses s/Reajustes varios', sentencia del 11.8.09 (Fallos: 332:1914) ... En tales condiciones, este criterio ha de ser observado con relación a la actualización de las remuneraciones devengadas hasta el mensual 2/09 inclusive, para las que habrá de estarse a las pautas sentadas por la CSJN en el precedente 'Elliff' citado. A partir del mensual 3/09 se actualizarán de conformidad al índice previsto por el art. 2 de la ley 26.417." "Que la prescripción aplicada por el fallo ha de ser confirmada por ajustada a derecho, (art. 82 de la ley 18037 ahora art. 168 de la ley 24241), toda vez que en materia de reajustes por movilidad del haber jubilatorio rige la prescripción bienal." "Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso... la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, ... in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' ... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Voto en disidencia: El expediente indica que el Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó constancia de opinión (en disidencia parcial). Esa disidencia quedó consignada al final, pero la decisión que se ejecuta es la del acuerdo mayoritario reproducida en la parte resolutiva.

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