DI ROCCO DANIEL ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó actualización de la Prestación Básica Universal, impugnándose también la aplicación de topes y retenciones por impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de la Seguridad Social difirió el análisis de la actualización de la PBU y de los topes para la etapa de ejecución, confirmó la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias y confirmó la sentencia recurrida en lo demás, imponiendo costas según lo previsto por la norma y la doctrina citada.
¿Quién es el actor?
DI ROCCO DANIEL ALBERTO.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos a la Prestación Básica Universal (PBU), impugnación de aplicación de topes de haberes (art. 26 ley 24.241 y art. 9 ley 24.463), y retención del impuesto a las ganancias; cuestión de costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara difirió el tratamiento del planteo referido a la actualización de la PBU como componente del haber inicial para la etapa de ejecución; diferió también para la etapa de ejecución el cuestionamiento respecto de la aplicación de topes de haberes; declaró la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias en los términos de la jurisprudencia citada; confirmó lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado condicionándolas a lo que surja de la liquidación; y confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios. Costas por su orden en la Alzada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241,art. 9 de la ley 24.463) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
"Que respecto a la retención del impuesto a las ganancias, la CSJN ya se ha expedido en casos de aristas similares... por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."
"En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Voto en salvaguarda/disidencia (relevante): El Dr. Juan A. Fantini Albarenque deja a salvo su opinión y, con fundamento en la doctrina de la CSJN ("Actis Caporale"), expresa que "se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 ... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes ... genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal-". Esta postura fue dejada a salvo y no modifica la decisión mayoritaria de diferir el examen de la cuestión para ejecución.
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