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INTEGRACION ELECTRICA SUR ARGENTINA S.A. c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO s/IMPUGNACION DE DEUDA

Integración Eléctrica Sur S.A. apeló la desestimación de su impugnación contra una multa y liquidación por omisión de aportes y contribuciones. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró habilitada y formalmente admisible la apelación, rechazó el recurso y confirmó la sanción y la liquidación impugnadas, imponiendo costas en el orden causado.

Apelacion Multa seguridad social Liquidacion sct/272/2025/00006202 Rg 1566 Ley 17.250 Ley 27.742 Habilitacion de instancia In dubio pro actione Inconstitucionalidad Costas en el orden causado


¿Quién es el actor?

Integración Eléctrica Sur Argentina S.A.

¿A quién se demanda?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) / organismo fiscal.
- Objeto de la demanda: Impugnación de deuda y multa practicadas en la Liquidación SCT/272/2025/00006202 por incumplimiento en el pago de aportes y contribuciones del régimen nacional de seguridad social (período fiscal agosto de 2024), y planteo de inconstitucionalidad del art. 8 de la Resolución General 1566 (ARCA).

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró habilitada la instancia y formalmente admisible el recurso de apelación, pero lo rechazó, confirmando así la sanción aplicada por el organismo fiscal; además impuso las costas en el orden causado.
- Fundamentos principales (transcripciones textuales relevantes): "Cuando en virtud de norma expresa la impugnación judicial del acto administrativo deba hacerse por vía de recurso, el plazo para deducirlo será de treinta (30) días hábiles judiciales desde la notificación de la resolución definitiva que agote la instancia administrativa... En el recurso judicial deberá acompañarse la prueba documental y ofrecerse todas las demás pruebas de que se intentare valer, cuya pertinencia y admisibilidad será evaluada por el tribunal de conformidad con las pautas previstas en el artículo 364 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Cuando el acto administrativo recurrido hubiere impuesto una sanción pecuniaria su cumplimiento no podrá ser exigido como un requisito de admisibilidad del recurso judicial. Quedan derogadas todas las prescripciones normativas que dispongan lo contrario." "Es decir que la sanción de la ley 27.742 -publicada en el B.O 8.07/2024
- ... ha llevado a un cambio de paradigma en la materia, morigerando los requisitos para el inicio de la acción judicial frente a los actos de la autoridad estatal... En consecuencia, y en honor al principio in dubio pro actione, entendemos que en el particular se encuentra habilitada la instancia (cfr. Fallo: 335:1885)." "En tales condiciones ha de rechazarse el planteo dirigido por la parte actora contra la sanción impuesta por el organismo fiscal, derivada del incumplimiento en tiempo y forma de los aportes y contribuciones declarados en el Régimen Nacional de la Seguridad Social por el período fiscal junio de 2024, tipificada como infracción en el inciso c) del punto 1 del artículo 15 de la Ley N° 17.250." "La declaración de inconstitucionalidad de las leyes, o de alguna de sus partes constituye la más delicada de las funciones susceptibles de encomendarse a un Tribunal de Justicia... resultando procedente únicamente cuando la repugnancia de la norma con la constitución sea manifiesta, clara e indudable, supuesto que por lo precedentemente dicho, aquí no se configura... motivo por el cual corresponde su desestimación."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la decisión transcripta es la que resolvió la Cámara.

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