ALZOGARAY OLGA AMERICA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicadas. El Juzgado hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenó recalcular y pagar el haber y retroactivos conforme las pautas fijadas, diferiendo el tratamiento de ciertas inconstitucionalidades para la ejecución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ALZOGARAY OLGA AMERICA (parte actora).
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Objeto: Reajuste del haber previsional (redeterminación de la PBU, Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), movilidad del haber, y declaración de inconstitucionalidad de diversas normas de las leyes 24.463 y 24.241.
Decisión: Se hizo parcialmente lugar a la demanda, se dejó sin efecto la resolución impugnada y se ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y los retroactivos conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; se difirió el tratamiento de ciertas inconstitucionalidades para la etapa de ejecución; se impusieron costas a cargo de la demandada y se diferió la regulación de honorarios para ejecución (ver términos de la parte resolutiva transcrita).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes y citas textuales):
1) "Siendo la fecha del reclamo administrativo el 29.08.2025 (véase fs. 12 de la documental incorporada el 30.09.25), las diferencias retroactivas lo serán desde el 29.08.2023."
2) "En consecuencia, de conformidad al criterio uniforme de las tres Salas de la Exma. Cámara de Apelaciones del Fuero, la PBU habrá de ser determinada en función del guarismo que resulte de actualizar del último valor publicado del MOPRE ($80), utilizando el índice dispuesto por el Máximo Tribunal en el precedente 'Badaro', -por el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y 31 de diciembre de 2006-, y con posterioridad -en caso de corresponder
- los aumentos generales de ley hasta la fecha de adquisición del beneficio..."
3) "El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006."
- Disidencias relevantes: No se consignan votos en disidencia; la sentencia es firmada por la Dra. Karina Alonso Candis como Juez Federal Subrogante y la parte resolutiva es la que manda.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: