GIMENEZ MARIA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó una jubilada la redeterminación del haber previsional por falta de actualización de PBU, PC y PAP y planteó inconstitucionalidades de normas aplicables. El Juzgado Federal hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada y ordenó a ANSeS recalcular y pagar el haber y retroactivos conforme las pautas fijadas, difiriendo para ejecución el tratamiento de las inconstitucionalidades.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Gimenez María Cristina (parte actora, titular del beneficio previsional N 15 0 0746685 0 2).
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
Objeto: Reajuste/redeterminación del haber previsional (incluyendo Prestación Básica Universal -PBU-, Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), movilidad del haber y declaración de inconstitucionalidad de diversas disposiciones de las leyes 24.463 y 24.241.
Decisión: Se hizo parcialmente lugar a la demanda, quedando sin efecto la resolución impugnada; se ordenó a ANSeS que abone el haber recalculado y los retroactivos conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; se difirió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la etapa de ejecución; el haber resultante y las sumas favorables a la actora deberán abonarse íntegramente sin quita, respetando los porcentajes de las leyes de fondo; se impusieron las costas a ANSeS y se difirió la regulación de honorarios para la ejecución (ver dispositivo literal).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"La fecha de adquisición del derecho del actor es posterior al 1º.3.2009 ... la cuestión será diferida y definida en la etapa de ejecución de la sentencia, siguiendo los lineamientos delineados por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, in re “Quiroga, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios”, sentencia del 11.11.2014, al indicar que hay que considerar de manera concreta, que incidencia tiene la ausencia de incremento de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de verificarse una diferencia igual o superior al 15 %, la misma podrá ser calificada de confiscatoria."
"En consecuencia, de conformidad al criterio uniforme de las tres Salas de la Exma. Cámara de Apelaciones del Fuero, la PBU habrá de ser determinada en función del guarismo que resulte de actualizar del último valor publicado del MOPRE ($80), utilizando el índice dispuesto por el Máximo Tribunal en el precedente “Badaro” ... y con posterioridad ... los aumentos generales de ley hasta la fecha de adquisición del beneficio."
"Por todo lo expuesto, y citas legales invocadas; RESUELVO: 1) Hacer parcialmente lugar a la demanda interpuesta por la parte actora dejando sin efecto la resolución impugnada; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días hábiles, a partir de que la sentencia quede firme..."
- Votos en disidencia: No se informa votación dividida; la sentencia está firmada por la Dra. Karina Alonso Candis como juez que dicta la sentencia. No hay disidencia consignada.
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