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BATTISTINI MARCELO DANIEL Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores demandaron a la Caja de Retiros por reconocimiento de los suplementos Cargo o Función y Vivienda en sus haberes de retiro. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia (rechazando la demanda de dos coactores por no haber percibido en actividad el suplemento de cargo o función), confirmó la improcedencia del suplemento por vivienda y ordenó costas y la regulación de honorarios por $462.410.

Seguridad social Suplementos Compensacion por cargo o funcion Compensacion por vivienda Caracter no remunerativo Prescripcion Costas Honorarios Decreto 1088/03 Decreto s 2801/93


¿Quién es el actor?

BATTISTINI MARCELO DANIEL y otros (actores – personal retirado de la Secretaría de Inteligencia / Personal Civil de Inteligencia).

¿A quién se demanda?

CAJA DE RETIROS JUBILAC. Y PENS. DE LA POLICÍA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG.
- Objeto de la demanda: pedido de incorporación a los haberes de retiro/pensión de las compensaciones por "Cargo o Función" (art. 30 inc. i) del Decreto 1088/03) y por "Vivienda" (Decreto “S” 2801/93).

¿Qué se resolvió?

Se revocó parcialmente la sentencia de grado conforme a los considerandos: se rechazó la demanda respecto de los co-actores FABIÁN ALEJANDRO SLY y DIEGO ALBERTO CANGELOSI por no haber percibido en actividad el suplemento por “Comp. Cargo o Función”; se mantuvo la consideración de que la compensación por "Vivienda" es no remunerativa y no bonificable, por lo que no corresponde su incorporación al haber de retiro; se impusieron las costas por su orden y se regularon honorarios a favor de la representación letrada de la actora en $462.410; y se devolvieron las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): "De la documentación acompañada, surge que el Sr. Fabian Alejandro Sly y el Sr. Diego Alberto Cangelosi al momento de su baja no percibían el suplemento por 'Comp. Cargo o Función' ... En consecuencia, atento quedo acreditado que los Sres. Sly y Cangelosi no cobraban dicho suplemento, corresponde hacer lugar al agravio esgrimido por la parte demandada y revocar la sentencia de primera instancia, rechazando la demanda respecto a estos dos co-actores." "En relación al suplemento por 'Vivienda' cabe señalar que el artículo 9º del Dec. 'S' 2801/93, dispone que dichas compensaciones son de carácter no remunerativo y no bonificable, teniendo derecho el beneficiario a su percepción, exclusivamente, durante el tiempo que desempeñe el cargo o funciones para las que hayan sido adjudicadas." Cita de precedentes de la CSJN: "…mal puede predicarse el carácter general de la 'compensación por vivienda' ... fue instituida con carácter restitutorio de los gastos que cierto personal habría debido afrontar con motivo del servicio y, además, fue establecida en forma temporal..." (D'amore, 07/03/06). Sobre costas: "Teniendo en cuenta la naturaleza del derecho pretendido y toda vez que el actor pudo creerse con razón suficiente para litigar, las costas las impondré por su orden (conf. Art. 68 segundo párrafo del C.P.C.C.N.)." Sobre honorarios: "En atención al mérito e importancia de las tareas desarrolladas, a las normas arancelarias, corresponde regular la suma de pesos cuatrocientos sesenta y dos mil cuatrocientos diez ($462.410) (art. 6, 7, 8 y cctes Ley 21839 y art. 1255 CCyCN ...)."
- Votos: El Dr. Walter F. Carnota expresó los considerandos citados; la Dra. Nora Dorado y el Dr. Juan A. Fantini adhirieron al voto que antecede. No consta disidencia.

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