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FARIÑA MARIA CRISTINA Y OTROS c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Reclamaron la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y el cese de descuentos sobre haberes de retiro. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia en cuanto a la prescripción y el plazo de cumplimiento, y confirmó el resto del decisorio; impuso costas de Alzada por su orden y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.

Decreto 679/97 Inconstitucionalidad Aportes previsionales Prescripcion bienal Plazo de cumplimiento Costas de alzada Seguridad social Prevision presupuestaria Sala ii Revocatoria parcial


¿Quién es el actor?

FARIÑA MARIA CRISTINA Y OTROS.

¿A quién se demanda?

MINISTERIO DE SEGURIDAD y otro.
- Objeto de la demanda: se planteó la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y el cese de los descuentos practicados en concepto de aportes sobre los haberes de retiro de los accionantes.

¿Qué se resolvió?

la Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada únicamente en lo relativo a la prescripción (declarando prescriptos los créditos anteriores a los dos años previos a la interposición de la demanda) y respecto del plazo de cumplimiento (ordenando que, a partir de la firmeza del decisorio, la demandada efectúe la previsión presupuestaria y la acredite en la causa). Se confirmó la sentencia apelada en todo lo demás que fue materia de agravios. Se impusieron costas de Alzada por su orden y se devolvieron las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (textos transcritos de la sentencia): "En lo que respecta al Decreto 679/97 corresponde revocar el pronunciamiento apelado." "Por tales motivos, se revoca lo decidido en instancia de grado y declarar prescriptos los créditos anteriores a los dos años previos de interpuesta la demanda." "Se ordena a la demandada que a partir del momento en que adquiera firmeza el decisorio de conocimiento, deberá efectuar la previsión presupuestaria correspondiente y acreditarla en la causa con la documentación pertinente, de conformidad a lo establecido en la normativa aplicable..." "En virtud de los expuesto, el Tribunal RESUELVE: 1) Revocar parcialmente la sentencia apelada en lo que respecta a la prescripcion conforme considerandos y el plazo de cumplimiento; 2) Confirmarla en lo demás que decide y ha sido materia de agravios; 3) Costas de Alzada por su orden en atención a las particularidades de la causa (cfr. art. 36 de la Ley 27.423); 4) Devolver las presentes actuaciones al juzgado de origen a sus efectos."
- Votos en disidencia: no constan disidencias relevantes en la parte dispositiva final.

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