GRINBERG ESTHER MIRTA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
Amparo contra ANSeS por aplicación de la escala de deducciones del art. 9 de la Ley 24.463 y reintegro de sumas retenidas. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado, declaró inaplicable la escala del art. 9 inciso 2º para el beneficio de la actora y condenó en costas a ANSeS; además fijó honorarios de la Alzada en el 30% de lo que se otorgue en primera instancia.
¿Quién es el actor?
GRINBERG ESTHER MIRTA.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: acción de amparo contra la Circular ANSES PREV-05-0819 (y normas concordantes) para que se declare inconstitucional la aplicación de la escala de deducciones del art. 9 de la Ley 24.463; pedido de restitución de montos retenidos retroactivos sin deducción del impuesto a las ganancias y con intereses conforme tasa activa.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en lo que decide y fue materia de agravios; impuso costas de alzada a la demandada y determinó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Corresponde señalar que la escala de deducciones planteada en el art. 9 inc. 2° de la ley 24463 resulta aplicable siempre que concurran dos recaudos; en primer lugar, que se trate de beneficios acordados sobre la base de una legislación anterior a la entrada en vigencia de la ley 24.241, que no es este el caso y en segundo, que la ley por la que se obtuvo el beneficio no provea otro tope al haber. Por ello, la limitación del art 9, inc 2, no debe ser de aplicación a beneficios como el presente."
"Por ello corresponde ordenar que resulta inaplicable en la especie la escala de deducciones prevista en el art. 9.2 de la ley 24463 tan sólo y, en base a los argumentos aquí vertidos, corresponde confirmar la sentencia recurrida."
"Que en cuanto a la queja vertida por la demanda en torno a lo resuelto respecto de la exención del impuesto a las ganancias, toda vez que no guarda relación con lo decidido en la instancia anterior, corresponde desestimar dicho agravio."
Además, sobre costas y honorarios: "Que en lo que hace a las costas del proceso seguido contra ANSeS, no se encuentra motivo alguno para apartarse del principio sentado por el art. 14 de la Ley 16.986..."; y en lo resolutivo: confirmación de sentencia, costas a la demandada y fijación del 30% para la dirección letrada en la Alzada.
- Votos / disidencia: No surge disidencia que modifique lo resuelto por mayoría; el Dr. Juan A. Fantini Albarenque adhiere a la solución mayoritaria.
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