GONZALEZ GLADYS VIVIANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora solicitó reajuste de haberes y recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU). La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado para ordenar el recálculo de la PBU conforme a precedentes y confirmó el resto, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios a favor de la actora.
¿Quién es el actor?
GONZALEZ GLADYS VIVIANA.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; pedido de actualización del haber previsional y recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU), cuestionamiento de métodos de actualización y de diversas normas (arts. de leyes 24.463, 24.241; ley 27.426; ley 27.541; aplicación de Resolución SSS 06/09), tasa de interés y costas.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos, confirmó la sentencia en lo demás que decide y fue materia de agravios, impuso costas de ambas instancias a la demandada vencida, reguló honorarios a favor de la representación letrada de la parte actora (30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia más IVA si corresponde) y devolvió las actuaciones al Juzgado de origen. Asimismo, ordenó el recálculo de la PBU conforme a los precedentes citados y dispuso la inaplicabilidad de la escala de deducción de la Resolución SSS Nº6/09 al haber de la actora; declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en el supuesto de que en liquidación se acredite una quita superior al 15%.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) “Respecto al agravio que versa sobre la actualización de las remuneraciones utilizadas para el cálculo del haber inicial, atento a que todas las remuneraciones utilizadas para dicho cálculo son posteriores a marzo de 2009, corresponde rechazar los agravios intentados al respecto debido a que el actor no lograr demostrar el perjuicio concreto que la aplicación de la normativa cuyo desplazamiento pretende le irroga.”
2) “En relación con el planteo referido a la inconstitucionalidad de la Ley 27.426 y de la ley 27.541, atento a que en el período en cuestión el actor no gozaba del beneficio previsional que intenta reajustar, corresponde revocar lo dispuesto en la instancia de grado en tanto no se logra vislumbrar el agravio concreto que las normas impugnadas le generan.”
3) “Con relación al agravio que gira en torno al art. 9 inc 3) de la Ley 24.463 conforme la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente ‘Actis Caporale, Loredano’ … resulta comprobado el perjuicio concreto que ocasionó la aplicación del sistema de topes durante los períodos a que se refieren los agravios del organismo previsional, en medida tal que la merma del haber resulte confiscatoria …”
4) “Resulta inaplicable al haber previsional del actor la escala de deducción prevista en la resolución SSS Nº6/09 … toda vez que esta normativa establece … ‘Si el haber supera el monto del haber máximo: QUINCE POR CIENTO (15%) sobre el excedente de dicho importe máximo’ … el haber previsional del actor queda eximido de esta quita legal.”
5) “Con respecto a la tasa de interés corresponde aplicar la Tasa Pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina hasta su efectivo pago (conf. CSJN en los precedentes: ‘Spitale’ y ‘Cahais’).”
- Votos y mayorías: Los tres Jueces (Fantini, Carnota y Dorado) adhirieron al decisorio que revoca parcialmente y confirma en lo demás; en particular hubo acuerdo sobre la necesidad de recálculo de la PBU conforme a precedentes y la declaración de inaplicabilidad de la escala de deducción para este caso.
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