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MARTINEZ CLAUDIO MARCELO Y OTRO c/ CRJPPFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores reclamaron la incorporación a sus haberes de retiro de los aumentos dispuestos por el decreto 2140/13. La Cámara Federal de la Seguridad Social admitió la excepción de prescripción, declaró prescripta la acción respecto del decreto 2140/13 y, por ello, revocó la sentencia de grado y rechazó la demanda.

Prescripcion Decreto 2140/13 Incorporacion de haberes Seguridad social Ley 23.627 Prescripcion extintiva Costas Honorarios Revocatoria Camara federal de la seguridad social


¿Quién es el actor?

MARTINEZ CLAUDIO MARCELO y otro.

¿A quién se demanda?

CRJPPFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG.
- Objeto de la demanda: incorporación en el haber de retiro de los aumentos instituidos por el decreto 2140/13 (y su modificatorio), con carácter remunerativo y bonificable.

¿Qué se resolvió?

La Cámara admitió la excepción de prescripción opuesta por la parte demandada, declaró prescripta la acción deducida en autos respecto del decreto 2140/13, revocó la sentencia de grado y rechazó la demanda; asimismo revocó el orden de costas impuesto en la instancia de grado e impuso las costas en el orden causado y reguló honorarios por 5 UMA ($478.130).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "El art. 2, segundo párrafo de la ley 23.627 dispone que 'la obligación de pagar los haberes devengados con posterioridad a la solicitud del beneficio prescribe a los dos (2) años'." "A su turno el art. 3 de la ley citada prescribe que 'la presentación de la solicitud ante la caja interrumpe el plazo de la prescripción siempre que al momento de formularse el peticionario fuera acreedor de beneficio solicitado'." "Ello así y analizando las constancias aportadas a la causa, no se observa que el accionante haya presentado reclamo administrativo interruptivo del curso de la prescripción a la fecha de interposición de su petición y que dedujo demanda en la fecha señalada precedentemente, por lo que resultando que la Res. Min. Seg. 393 -E/2017 dejó sin efecto los incrementos establecidos en el decreto 2140/13 a partir del 01/05/17 (en similar sentido que el Dec. 380/17), la acción se encuentra prescripta en tanto que fue promovida en exceso al plazo de dos años contemplado en el art. 2 de la ley 23.627 aplicable al caso, computado a partir de la derogación de las normas en que se funda la pretensión." "Por tales consideraciones, corresponde admitir la defensa de prescripción oportunamente opuesta por la accionada respecto del reclamo por los suplementos creados por el decreto 2140/13, revocar la sentencia recurrida y rechazar la demanda."
- Votos en disidencia: no consta disidencia en el acuerdo final; lo resuelto se encuentra en el bloque dispositivo transcripto y constituye la decisión de la Cámara.

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