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COLACILLI ADAMO PABLO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó reajuste de haberes previsionales y actualización de la Prestación Básica Universal contra ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social diferió la redeterminación de la PBU y el análisis de topes para la ejecución, revocó lo resuelto sobre costas en primera instancia e confirmó la sentencia recurrida en lo demás.

Prestacion basica universal Actualizacion de remuneraciones Ley 27.609 Topes de haberes Costas Art. 68 cpcc Art. 36 ley 27.423 Inconstitucionalidad Ripte Seguridad social


¿Quién es el actor?

Colacilli Adamo Pablo (la parte actora).

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de prestaciones previsionales (actualización de remuneraciones para cálculo del haber inicial, ajuste de la Prestación Básica Universal -PBU-, aplicación de topes de haberes, tasa de interés, costas, y planteos de inconstitucionalidad de normas previsionales).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, por mayoría, DIFIRIÓ el tratamiento del planteo relativo a la actualización de la PBU como componente del haber inicial para la etapa de ejecución; DIFIRIÓ asimismo para la ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; REVOCÓ lo resuelto en torno a las costas de primera instancia imponiéndolas al vencido conforme art. 68 del C.P.C.C.N. si de la liquidación surgieran sumas a favor del actor (en caso contrario, se establecerán en el orden causado conforme art. 36 ley 27.423); y CONFIRMÓ la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios. Además, fijó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (textos extraídos del fallo): "Que en relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos 'Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios', Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución." "Que por tales motivos corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda, en base el método indicado en la ley 27.609 y concordantes." "Que en atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó constancia de opinión propia señalando, en esencia, que respecto de la actualización de las remuneraciones para el cálculo del haber inicial (remuneraciones posteriores a marzo de 2009) corresponde rechazar los agravios por ausencia de demostración de perjuicio concreto; y opinó que las costas de ambas instancias debían imponerse a la demandada vencida. Se aclara que dicha opinión fue dejada en disidencia parcial y no modifica el acuerdo mayoritario descrito.

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