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PERGOLATO TERESA ANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo de reajustes previsionales por actualización de remuneraciones, Prestación Básica Universal (PBU) y aplicación de topes. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia en la mayor parte de sus pronunciamientos, diferenció el tratamiento de la PBU y del tope de haberes para la etapa de ejecución/liquidación y rechazó declarar inconstitucional la emergencia y las medidas adoptadas.

Prestaciones previsionales Pbu Movilidad previsional Ley 27.426 Ley 27.609 Ley 27.541 (emergencia) Topes de haberes Isbic Ripte Costas y honorarios


¿Quién es el actor?

PERGOLATO TERESA ANA (actora).

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios — actualización de remuneraciones para cálculo del haber inicial, ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), impugnación de normas (art. 9 ley 24.463; art. 55 ley 27.541; ley 27.426 y 27.609, entre otras) y aplicación de topes de haberes en actividad.

¿Qué se resolvió?

La Cámara pospuso el tratamiento de la PBU para la etapa de liquidación de sentencia y pospuso el tratamiento del tope de haberes en actividad para la etapa de ejecución de sentencia; confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; impuso costas en la Alzada por su orden y fijó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se otorgue en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que en tales condiciones los índices elegidos por el legislador –índice Nivel General de las Remuneraciones (INGR) hasta el 31 de marzo de 1995, luego del índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) hasta el 30 de junio de 2008, desde allí las equivalentes a las movilidades establecidas en la ley 26.417 hasta la sanción de la ley 27.426, y a partir del 1º de marzo el índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE)-, dan adecuada respuesta en el caso, por cuanto no surgen periodos sin actualización y en su construcción se tuvieron en cuenta indicadores de alcance general que, prima facie valorados, no se presentan irrazonables ni arbitrarios." "En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos “Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios”, Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución." "En el sentido de lo expuesto, consideramos que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la emergencia sancionada por el Congreso a través de la ley 27.541, ni tampoco de los decretos dictados por el Poder Ejecutivo en función de la delegación legislativa realizada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad respecto de los fines propuestos en las bases de delegación, no viéndose vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."
- Voto en disidencia (reservado por el Dr. Juan A. Fantini Albarenque): El Dr. Fantini Albarenque deja a salvo su opinión sobre determinadas cuestiones y expresa que, respecto de la actualización de remuneraciones, en otros autos había declarado la inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426 por supuestos de gran densidad de aportes que generaban diferencias inadmisibles entre índices; en el presente caso entiende que no se configuran tales circunstancias y, por ello, coincide en confirmar lo resuelto por el a-quo, pero aclara su opinión y remite a precedentes citados (texto en disidencia parcial consignado en autos).

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