CORRAL GRACIELA TERESA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó reajustes varios vinculados a la Prestación Básica Universal (PBU) y topes de haberes en actividad. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, confirmó la sentencia recurrida en lo demás, pospuso el tratamiento de la PBU y de los topes para la etapa de liquidación y resolvió las costas conforme al art. 68 CPCCN y art. 36 ley 27.423.
¿Quién es el actor?
CORRAL GRACIELA TERESA.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios sobre prestaciones previsionales, con planteos relativos a la Prestación Básica Universal (PBU) y a la aplicación de topes de haberes en actividad (cuestionamiento del art. 9 ley 24.463 y art. 26 ley 24.241). Fecha de adquisición del derecho: 29/6/2022.
¿Qué se resolvió?
La Cámara pospuso el tratamiento de la PBU y del planteo sobre topes de haberes en actividad para la etapa de liquidación de sentencia; confirmó lo resuelto respecto de las costas en la instancia de grado conforme al art. 68 del CPCCN (y art. 36 ley 27.423 en lo pertinente); confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; fijó costas por su orden en la alzada y determinó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripciones relevantes del fallo):
“Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241, art. 9 de la ley 24.463...) pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor.”
“Que, en relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos ‘Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios’, Sala I, sentencia definitiva... del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución.”
“En orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso... la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, ... in re ‘Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo’... la cuestión ha de ser abordada de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación... arts. 68 a 77 del citado cuerpo normativo.”
“En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423).”
- Disidencia: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó expresamente a salvo su opinión sobre las costas, proponiendo que “las mismas habrán de imponerse a la demandada vencida (conf. Art. 68, párr. 1º del CPCCN...)”. Esa postura se consignó como opinión reservada y no revoca la decisión mayoritaria.
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