VIRGILIO CARMEN CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES para el reajuste de su haber previsional y la declaración de inconstitucionalidad de normas de movilidad y topes. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcial: ordenó actualizar la PBU con el índice Badaro y que ANSES practique la actualización en 120 días, rechazando las pretensiones sobre PC, PAP, topes y movilidad.
¿Quién es el actor?
VIRGILIO CARMEN CRISTINA.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajuste/actualización del haber previsional (PBU, y/o actualización de remuneraciones para cálculo de Prestación Compensatoria
- PC y Prestación Adicional por Permanencia
- PAP) y declaración de inconstitucionalidad de disposiciones de las leyes 24.241, 24.463, 26.417, 27.541 y 27.609 entre otras; pedido de movilidad y actualización por índices determinados.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda ordenando la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) conforme el índice “Badaro” y que ANSES, en el término de 120 días, practique la actualización con esos índices; si la diferencia resultare confiscatoria, deberá abonar las sumas resultantes con los intereses fijados. Se difirió el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463 para la ejecución, y se rechazó la demanda en cuanto a la actualización de la PC y PAP, topes de ley y movilidad. Se impusieron costas en el orden causado y se difirió la regulación de honorarios para ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
1) "Por lo tanto, resulta inaplicable lo dispuesto por el Alto Tribunal en el fallo 'Blanco Lucio Orlando c/Anses s/Reajustes Varios' del 18/12/2018 ... la parte actora, no adquirió el derecho a la aplicación de una determinada doctrina o de un determinado índice, sino que, al cese, le corresponde que su haber previsional se calcule con la actualización de las remuneraciones que prevé la normativa vigente a la fecha en que adquirió el derecho."
2) "Atento como se resuelve la presente, respecto de la actualización de las remuneraciones a los fines del cómputo de la Prestación Compensatoria (PC) y Prestación Adicional por Permanencia (PAP), estimo que no se dan, en el caso, los presupuestos establecidos en el precedente de la CSJN 'Quiroga Carlos Alberto c/Anses' sentencia del 11-11-04 ... Por lo tanto y a los fines de no cercenar los derechos de la beneficiaria, actua lícese la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice establecido en el precedente jurisprudencial: 'Badaro Adolfo Valentín' del 26.11.07 y luego los aumentos generales de ley y sus modificatorias, en la medida que la aplicación del mismo arroje una diferencia superior al 15% -respecto del monto total del haber
- y por la cual corresponde entonces se actualice la PBU y se proceda al pago de la misma."
3) "Por lo expuesto se deja asentado que a los fines de evidenciar la confiscatoriedad ... corresponde efectuar en la etapa de ejecución el siguiente cálculo: PBU (reajustada) – PBU (sin reajustar) = 'X'. A ese importe 'X' se lo multiplica por 100. Dicho importe al dividirlo por el total del HABER INICIAL arroja finalmente el porcentaje % correspondiente, el cual deber ser mayor a 15 en los términos de los precedentes fijados por la Excma. C.S.J.N."
4) "En relación a los intereses ... se liquidarán desde que cada suma es debida conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. CSJN, in re: 'Spitale Josefa Elida c/ANSeS s/impugnación de resolución', del 14/9/04)."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el texto suministrado.
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