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GONZALEZ ROBERTO JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a la ANSeS por el reajuste de haberes previsionales y planteos de inconstitucionalidad sobre topes y reglas de cálculo. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó a ANSeS recalcular y pagar las eventuales diferencias en el plazo de 120 días desde la sentencia firme, reguló intereses, costas y honorarios y declaró la inconstitucionalidad del art. 14.2 de la Res. SSS 6/09.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: GONZALEZ ROBERTO JOSE (parte actora / reclamante jubilatorio). Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Reajuste de los haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241; se cuestionan topes y normas reglamentarias (entre otros la Resolución S.S.S. 6/09) y se reserva caso federal; se peticiona condena al pago de las diferencias y costas. Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda, especialmente respecto de los topes objeto del reclamo; se ordena a la ANSeS que, en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme, proceda conforme lo dispuesto en el decisorio; los haberes eventualmente modificados deberán abonarse en ese plazo; para el cómputo de acreencias retroactivas se deberán contemplar los intereses fijados y la prescripción tal como se resolvió; costas a la ANSeS (art. 36 ley 27423); regulación de honorarios conforme art. 1255 del CCyCN en el 15% del importe del crédito que resulte a favor del reclamante. Asimismo, declara la inconstitucionalidad del art. 14.2 de la Res. S.S.S. 06/09 por exceder la facultad reglamentaria.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) Sobre la inconstitucionalidad de la Resolución S.S.S. 06/09, artículo 14.2: "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaro inconstitucional en este acto. A mayor abundamiento cabe citar lo resuelto por la Sala III en autos 'Vera Beatriz Dina c.ANSeS s.Reajustes Varios' sent. del 05/7/17.-" 2) Sobre el análisis de la Prestación Compensatoria y eventual confiscatoriedad: "Que, el Máximo Tribunal en autos 'Argento, Federico Ernesto e/ ANSeS s/ reajustes' (sentencia del 26/3/2013) dispuso que '…en la presente causa se ha demostrado el perjuicio concreto que ocasiona la suerte de tope a la prestación compensatoria, establecido por la norma cuestionada, en una magnitud tal que la merma del haber resulta confiscatoria…', En virtud de lo allí dispuesto, corresponde un análisis numérico actuarial para conocer el porcentaje exacto de confiscatoriedad que podría, o no, existir en autos. Por ello resulta ajustado a derecho diferir su tratamiento para el momento de practicarse liquidación, esto es en la etapa de ejecución de sentencia, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado (conforme los lineamientos del fallo 'Actis Caporale')." 3) Decisión final y orden concreta: "Por lo expuesto, citas legales y jurisprudenciales, RESUELVO: 1) Hago lugar parcialmente a la demanda interpuesta, en particular sobre los topes tratados y, en consecuencia, ordeno a la A.N.Se.S. a que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme en autos... proceda en la forma aquí dispuesta... 4) Para el cómputo de las acreencias retroactivas que eventualmente resulten en favor de la reclamante, deberá el organismo demandado contemplar los intereses aquí fijados... 7) Costas a la ANSeS (art. 36 ley 27423). 8) Regúlanse de honorarios... en el 15% del importe del crédito que por todo

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