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ABREU STELLA ELIDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional por la falta de movilidad. El Juzgado hizo lugar parcialmente al reclamo: ordenó actualizar la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice “Badaro” y pagos retroactivos (con intereses) si la diferencia supera el 15%, y rechazó la actualización de la Prestación Compensatoria (PC) y la Prestación Adicional por Permanencia (PAP), difiriendo para ejecución otros planteos sobre topes y normas.

Prestacion basica universal Badaro Actualizacion de haberes Anses Pbu Prestacion compensatoria Pap Movilidad previsional Confiscatoriedad Intereses


¿Quién es el actor?

ABREU STELLA ELIDA.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste/actualización del haber previsional y declaración de inconstitucionalidad de normas relativas a la movilidad, topes y método de actualización (leyes 24.241, 24.463, 26.417, 27.426, entre otras).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda en cuanto a la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) conforme al precedente “Badaro”, y se ordenó a ANSES a efectuar la actualización en el plazo de 120 días y abonar las sumas resultantes con intereses si la diferencia resultase confiscatoria. Se rechazó la demanda respecto de la actualización de la PC y PAP, topes de ley y movilidad; se difirió el tratamiento de los artículos cuestionados (art. 9 ley 24.463 y art. 79 ley 18.037) para la etapa de ejecución. Se impusieron costas en el orden causado y se diferenció la regulación de honorarios para la ejecución.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): “...resulta aplicable en tal contexto el artículo citado, debiendo desestimarse el planteo de inconstitucionalidad del decreto 807/16, solicitado.” “Por lo tanto y a los fines de no cercenar los derechos del beneficiario, actualícese la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice establecido en el precedente jurisprudencial: ‘Badaro Adolfo Valentín’ del 26.11.07 y luego los aumentos generales de ley y sus modificatorias, en la medida que la aplicación del mismo arroje una diferencia superior al 15% -respecto del monto total del haber
- y por la cual corresponde entonces se actualice la PBU y se proceda al pago de la misma.” “Por lo expuesto, y citas legales invocadas; RESUELVO: 1) Hacer lugar parcialmente a la demanda instaurada, actualizando la PBU conforme ‘BADARO’ dispuesto en los considerandos pertinentes. 2) Ordenar a la ANSES que en el término de 120 días practique la actualización ordenada... 3) Rechazar la demanda en cuanto a la actualización de la PC y PAP, topes de ley y movilidad...” Sobre confiscatoriedad y cálculo: “...corresponde efectuar en la etapa de ejecución el siguiente cálculo: PBU (reajustada) – PBU (sin reajustar) = ‘X’. A ese importe ‘X’ se lo multiplica por 100. Dicho importe al dividirlo por el total del HABER INICIAL arroja finalmente el porcentaje % correspondiente, el cual deber ser mayor a 15 en los términos de los precedentes fijados por la Excma. C.S.J.N.” Respecto de impuestos: “...corresponde seguir los lineamientos precedentemente indicados y disponer que la Anses, al momento de abonar las sumas que pudieran resultar por medio de la presente, se abstenga de formular descuento alguno por Impuesto a las Ganancias...”
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en el expediente; la resolución es dictada por la Jueza Federal Subrogante con la Parte Resolutiva arriba transcripta.

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