Logo

MANSILLA, VIVIANA LORENA c/ INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA EL PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES - (BONIF. LEY 19485) s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

La actora demandó al Instituto de Ayuda Financiera para el pago de Retiros y Pensiones Militares reclamando la incorporación del coeficiente de bonificación previsto por la Ley 19.485 y las sumas atrasadas. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia, ordenó incorporar la bonificación en el haber previsional, el pago de los atrasos con intereses y las costas a la demandada, regulando honorarios por un 30% en alzada.

Ley 19.485 Bonificacion zonal I.a.f. Seguridad social Recursos de apelacion Costas Honorarios Liquidacion Asignacion presupuestaria Precedente fcr 1749/2025


¿Quién es el actor?

Viviana Lorena Mansilla.

¿A quién se demanda?

Instituto de Ayuda Financiera para el pago de Retiros y Pensiones Militares (I.A.F.).
- Objeto de la demanda: Petición de incorporación al haber previsional del coeficiente de bonificación establecido por la Ley 19.485 (bonificación zonal mientras resida en el ámbito de aplicación) y pago de las sumas adeudadas correspondientes al bienio anterior, con intereses, y las medidas de liquidación y asignación presupuestaria correspondientes.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones confirmó el pronunciamiento de fs. 80/88 en todo cuanto fue materia de apelación; impuso las costas de Alzada a la demandada y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes en un 30% de lo que oportunamente se fije en la instancia de grado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En este caso, la liquidación deberá ser realizada por la condenada y prever la asignación presupuestaria para el período correspondiente (conf. ley 23.982 y normativa vinculada)." "Que la materia que fuera decidida en la sentencia puesta en crisis y los agravios que habilitan esta instancia recursiva, resultan análogos a los ya tratados y resueltos por esta Alzada en el precedente de Registro FCR 1749/2025, in re: 'ESPINOSA EDUARDO JUAN c/MINISTERIO DE DEFENSA Y OTRO s/SUPLEMENTOS DE FUERZAS ARMADAS Y SEGURIDAD', con los que se advierte total coincidencia en las cuestiones que constituyen materia de pronunciamiento, y al que por esta razón corresponde remitirse." "Que desde la implementación del Portal de la Justicia Argentina ... el antecedente citado, puede ser libremente compulsado por las partes ... cuyas consideraciones se ajustan plenamente al caso sub examine sometido a decisión y que aquí corresponde tener por reproducidas."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia; el Dr. Aldo E. Suárez adhiere al voto del Dr. Javier M. Leal de Ibarra.
- Fechas y formalidades: Fecha de firma 01/06/2026; alta en sistema 14/07/2026. Se firma conforme art. 109 RJN por hallarse vacante el tercer cargo de juez de Cámara.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar