Logo

SALVATICO SALVADOR JESUS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Salvatico demandó a ANSeS por reajustes y revisión del haber inicial y de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia en lo principal y difirió para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes, imponiendo costas en la alzada y fijando honorarios para la dirección letrada de la actora.

Reajustes Prestacion basica universal Topes de haberes Movilidad previsional Anses Ejecucion Costas Honorarios Ley 27.541 Seguridad social


¿Quién es el actor?

Salvatico Salvador Jesús.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios, en particular revisión del haber inicial y actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), y cuestionamientos sobre la aplicación de topes de haberes y métodos de movilidad.

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, diferió para la etapa de ejecución el cuestionamiento relativo a la aplicación de topes de haberes y confirmó la sentencia recurrida en todo lo demás que fue materia de agravios; además impuso costas por su orden en la Alzada y fijó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
- "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re “QUIROGA”, momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero..."
- "Con ese alcance, cabe desestimar los cuestionamientos sobre el particular esgrimidos por la demandada."
- "En atención a lo expuesto precedentemente, las medidas adoptadas en relación a la movilidad no resultan susceptibles de la descalificación pretendida por la parte actora, visto que la emergencia fue definida por el Congreso de la Nación, con arreglo a la Constitución Nacional y de conformidad a los precedentes jurisprudenciales mencionados ut supra."
- "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes –incluido el planteo respecto a la doctrina del precedente “Villanustre”
- que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
- Disidencia: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó "a salvo su opinión" respecto del índice para la actualización de la PBU y sobre la inconstitucionalidad referida a la ley 27.609, consignando fundamentación y remitiéndose a precedentes; dicha postura aparece como disidencia parcial y no prevalece sobre la decisión de la mayoría.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar