Legajo Nº 2 - IMPUTADO: CARDOZO , GASTON EZEQUIEL s/LEGAJO DE CASACION
Cardozo impugnó la revocación de la ejecución condicional y la orden de captura dictadas por el TOF n°3 de Rosario. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso de casación, casó y anuló la resolución recurrida por falta de razonamiento y omisión en el agotamiento de medios para ubicar al condenado, y ordenó que se dicte nuevo pronunciamiento; además encomendó medidas de control a la DCAEP.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Defensa pública oficial de Gastón Ezequiel Cardozo (recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial coadyuvante y luego por el Defensor Público Oficial).
Demandado: Resolución del Tribunal Oral Federal n°3 de Rosario que revocó la ejecución condicional y ordenó la captura de Cardozo.
Objeto: Se impugna la revocación de la ejecución condicional (art. 27 bis CP) y la orden de captura por entenderse que no se acreditó incumplimiento grave o reiterado ni se agotaron medios para notificar/ubicar al condenado; se invoca el inciso 1° del art. 456 del CPPN y principios como pro homine, proporcionalidad y derecho de defensa.
Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso, casó y anuló la resolución recurrida y remitió las actuaciones al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a las consideraciones efectuadas; sin costas. Asimismo, encomendó a la DCAEP, mediante el Juez a cargo de la ejecución, adoptar mecanismos eficaces de seguimiento y control del cumplimiento de las condiciones impuestas en condenas de ejecución condicional.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En consecuencia, corresponde hacer lugar al recurso interpuesto por la defensa pública oficial de Gastón Ezequiel Cardozo, casar y anular la resolución recurrida y reenviar las actuaciones al tribunal de origen a fin de que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a las consideraciones efectuadas en la presente. A tales efectos, deberá, en su caso, evaluar la posibilidad de adecuar o reforzar las reglas de conducta oportunamente impuestas para asegurar la sujeción del imputado al proceso (arts. 530 y ccdtes. del CPPN)."
"La decisión impugnada, en los términos consignados, no cumple con los requisitos del art. 123 del CPPN en cuanto exige que las decisiones judiciales sean fundadas y constituyan una derivación razonada del derecho vigente en relación con las circunstancias comprobadas en la causa (Fallos: 306:362, 314:791; 321:1328 y 322:1605)."
"Si bien, se verificaron dificultades para entablar contacto con el nombrado y se cursaron reiteradas intimaciones a su defensa técnica a fin de que aportara datos actualizados, lo cierto es que el a quo no desplegó alguna medida concreta teniente a lograr su localización efectiva... Nótese que tales medidas fueron expresamente solicitadas por la defensa, con el propósito de agotar los medios disponibles para ubicar al condenado antes de avanzar hacia la decisión de carácter revocatorio, sin que dicho planteo recibiera un tratamiento adecuado por parte del tribunal."
- Disidencias relevantes: No hubo voto en disidencia; los tres vocales adhirieron al acuerdo que hace lugar al recurso.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: