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Legajo Nº 1 - IMPUTADO: CONTRERAS, AILEN DIAMELA s/LEGAJO DE CASACION

Recurso de inconstitucionalidad promovido por la defensa pública en favor de Ailén Diamella Acosta contra la negativa de incorporación al régimen de libertad condicional. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso, con sustento en jurisprudencia plenaria y precedente de la propia Cámara, y dejó registrada la reserva del caso federal sin imposición de costas en la instancia.

Recurso de inconstitucionalidad Inadmisibilidad Libertad condicional Ley 27.375 Art. 56 bis l. 24.660 Art. 14 c.p. Camara federal de casacion penal Reserva del caso federal Precedentes plenario Costas


¿Quién es el actor?

Defensor Público Coadyuvante, Dr. Andrés R. Pennisi, en representación de Ailén Diamella Acosta.

¿A quién se demanda?

Sentencia del Tribunal Federal de Juicio N° 2 de Rosario (órgano a quo) que rechazó el planteo de inconstitucionalidad y negó la incorporación al período de libertad condicional.
- Objeto de la demanda: Se cuestionó la constitucionalidad del artículo 56 bis, inciso 10, de la Ley 24.660 y del artículo 14 del Código Penal, en su redacción introducida por la Ley 27.375, por entender que violan los principios de igualdad, resocialización y progresividad y por solicitar la incorporación de la procesada al régimen de libertad condicional.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa oficial, sin costas en la instancia, y tuvo presente la reserva del caso federal. Además ordenó el registro, notificación, comunicación y remisión al tribunal de origen por pase digital.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes): "las modificaciones introducidas al régimen de ejecución por la ley n° 27.375 no resultan violatorias de derechos y garantías constitucionales ni de tratados internacionales de idéntica jerarquía. Tampoco hay contradicción entre las disposiciones de la normativa cuestionada con la finalidad resocializadora de la pena, ni con imperativos de igualdad, progresividad, legalidad y razonabilidad." "debe recordarse la doctrina plenaria sentada en el plenario 16, Tobar Coca... Se declaró -por mayoría
- que resultan compatibles con el régimen de progresividad de la pena, con el principio de igualdad ante la ley y el principio de razonabilidad de los actos de gobierno, los artículos 14 del Código Penal y 56 bis de la ley n° 24.660..." "por ello, a efectos de evitar repeticiones innecesarias, con remisión a las consideraciones efectuadas en los precedentes citados, corresponde declarar inadmisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto, sin costas en la instancia (arts. 444 in fine, 530 y 531 del C.P.P.N.)."
- Votos: Los Dres. Mahiques (voto que lidera el acuerdo), Yacobucci y Borinsky coincidieron en declarar inadmisible el recurso; no consta disidencia.

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